Demandas por memoria, verdad y justicia: el “motor” de las organizaciones de derechos humanos frente a las prácticas de la impunidad en América Latina y Uruguay

Entrevista a Cecilia Beatriz Blanco Fresco

 

Leticia Gavernet Busqueta

 

Conversamos con Cecilia Beatriz Blanco Fresco, abogada en causas contra militares implicados en la detención y desaparición forzada en el período de Terrorismo de Estado en Uruguay, Asesora en el Grupo por Verdad y Justicia, ex profesora de Derecho Procesal y actual docente del Instituto de Sociología Jurídica de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Montevideo, Uruguay.

 

LGB: En primer lugar, me gustaría que nos contaras desde tu experiencia en el estudio y la práctica jurídica en temas de derechos humanos y pasado reciente, específicamente sobre las reivindicaciones de Memoria, Verdad y Justicia que se demandan respecto al punto de inflexión que fueron las dictaduras, el Terrorismo de Estado y los delitos de lesa humanidad en América Latina y/o en Uruguay, ¿qué identificarías como algunos puntos o dimensiones claves en la problemática y en el debate? 

CBBF: Yo creo que hay una dimensión, digamos que es clave, para entender de alguna manera cómo estos tres ejes de Memoria, de Verdad y de Justicia se articulan, que tiene que ver con mirar, o abordarlos, desde el punto de vista de su propia historicidad. ¿Qué quiero decir con esto? Si se analizan todos los procesos transicionales, de una u otra forma, cualquiera de estos tres ejes están presentes. Pero están presentes en dinámicas que son absolutamente distintas, y en algunas oportunidades son comunicantes. Me parece que es una dimensión sobre la que tendríamos que reflexionar un poco más a partir de la experiencia. Normalmente, las salidas transicionales en los retornos a la democracia de la década de los ochenta en la región, tienen una particularidad, creo yo y ésta es mi opinión, que el eje que primero aparece en su dimensión social de reivindicación, es el de Justicia, ¿No? Entonces, de alguna manera, el recorrido se va pautando en el contexto de determinada realidad, de determinada sociedad, y en las condicionantes previas, concomitantes y posteriores a esos quiebres institucionales.

Muchas veces el hecho que aparezca como inicio de esa agenda de debate el tema de Justicia, y no de Justicia en su totalidad de las versiones, condiciona un poco los recorridos. La Justicia normalmente cuando emerge como reclamo social en esos procesos de retornos a las democracias, aparece acotada al ámbito de la justicia penal. Entonces, también se da una particularidad, que es que va a enfrentar a un modelo de justicia judicial con un matriz muy liberal, que es el que se hereda, y el que además, viene devastado, socavado, por todos los procesos de intervención que las dictaduras ejercieron sobre los poderes judiciales. Entonces, aparece en el escenario interpelado por la demanda social, esa demanda de justicia en el ámbito penal, y va a enfrentar a un modelo muy clásico que entre otras cosas se va también a sentir en una tensión, que viene de la esfera internacional de los derechos humanos, para lo cual, la estructura o esa matriz liberal del poder judicial en el que la independencia se construye sobre la base y la prerrogativa de no intervenir en la toma de decisiones, en poderes judiciales reactivos, limitados por los principios de legalidad y de seguridad jurídica, heredan en ese ámbito jurisdiccional nuevas temáticas que enfrentan modalidades de violaciones a los derechos humanos provenientes del Estado.

Entonces ahí se genera un ámbito muy complejo, que normalmente va a ubicar el debate o la escenografía de las reivindicaciones sociales de las víctimas y de la sociedad civil en su conjunto, en distintos grados o en distintas etapas, que a veces no logramos visualizar si no es contextual. Por ejemplo, la salida democrática en Uruguay y el debate sobre la Justicia penal lauda un camino en cualquiera de estos ejes, hace primar de alguna forma toda la discusión que se genera en el escenario jurisdiccional penal, y los ejes de Memoria y los ejes de Verdad empiezan a aparecer con posterioridad. Y un análisis muy interesante de hacer es cómo en ese contexto y en esas realidades el destino mismo del ámbito de la justicia penal puede llegar a condicionar, o aún los discursos que vienen desde el poder, tratan de legitimar o tomar como sucedáneos estos ejes.

Entonces me parece que la mirada sobre estos tres ejes, como decía al principio, tiene que ser historicista, tiene que tener un contexto de análisis muy particular de comprensión de una realidad social y política que es particular en cada salida democrática, y que tiene recorridos que no son lineales y que no son integrales.

O sea, si se tuviera que mirar de una manera integral, hay un eje que va a preponderar, y que va a marcar el rumbo, como creo que sucede en mi país, ha marcado el rumbo y por ende, ha marcado los ámbitos de debate y discusión. Si yo cierro el fenómeno y lo acoto a la Justicia, y a la justicia penal, si me voy a volcar a la responsabilidad penal del Estado por las graves violaciones a los derechos humanos, lo que puede suceder desde el campo jurídico también es que, de alguna manera, las demandas se concentren a ese nivel y no sean admisibles otras formas del derecho que también sociedad civil tiene como herramientas.

Con esto hablo de las responsabilidades que provienen de las fuentes tradicionales del derecho civil, del derecho administrativo y aún del derecho disciplinario. Y a veces esa falta de visibilidad de otras ramas del derecho, cierra el ámbito de la discusión y el ámbito del debate, cuando si se piensa desde la perspectiva de lo que es un fenómeno, y de la construcción inherente del fenómeno del Terrorismo de Estado, las responsabilidades administrativas, civiles y disciplinarias, principalmente de las agencias de represión, deberían haber estado en la agenda desde el primer día. Pero bueno, en eso van a incidir distintos factores sociales y políticos de esas salidas transicionales.

Por eso me parece que esas dimensiones tienen que abordarse, de alguna manera, pragmática, y que la problemática se puede tornar muchísimo más compleja si se pone la mirada desde la fuente del derecho y entonces ahí, aún en el eje de justicia, los derroteros pueden ser enormes y las discusiones pueden ser enormes, y como te decía al principio las demandas están enfrentadas a modelos tradicionales de resolución de conflictos intersubjetivos, con un diseño estructural que no resiste roles protagónicos de otra manera. Y normalmente, a organizaciones jerárquicas del poder judicial que van a ser complacientes en eso, que su discurso en la recuperación democrática se va a centrar en la independencia del poder judicial que es uno de los factores obviamente afectados en el proceso dictatorial; pero que a la vez, estas demandas vuelven a enfrentar a estas institucionalidades a realidades y a construcciones jurídicas de otros órdenes desconocidos y para los cuales inicialmente los agentes judiciales no están preparados.

Entonces, me parece que esas dimensiones son claves para poder comprender y para poder decir: hay tres ejes que reivindican distintos aspectos, son términos distintos, son alcances distintos, son institucionalidades distintas y por ende las respuestas también van a ser diferentes. La respuesta de Justicia, en cualquiera de sus ramas, ¿no?, va a ser una institucionalidad clásica de la concepción del Estado de Derecho; las de Verdad van a generar responsabilidades administrativas, como pueden ser las Comisiones de Verdad o demás, que van a tener otra serie de problemáticas, en su inserción institucional, en sus facultades, en su independencia, en su potestad, en la “bendita” reserva que permanentemente asegura ciertos márgenes de impunidad, y van a empezar a generar otro tipo de desafíos.

Memoria lo mismo, asumir la responsabilidad institucional sobre el derecho a recordar, que es un derecho individual pero también es un derecho colectivo en su construcción, también va a generar en sociedad civil otra serie de reclamos institucionales que también son nuevos, tienen que aggiornarse dentro de los diseños de estos Estados en las salidas democráticas y que, bueno, la temporalidad y las circunstancias de cada país van condicionado como estos ejes se recorren, qué obstáculos presentan y cómo las estructuras de poder, cuando las demandas de Justicia, de Verdad y de Memoria se mantienen a lo largo del tiempo porque no son satisfechas a cabalidad, empiezan a funcionar como sucedáneas cuando deberían ser integrales, pero cuyo recorrido es contextualizado y acotado a dinámicas que se generan precisamente en esas salidas institucionales.

 

LGB: ¿Qué desplazamientos recordás en esas demandas que te parezcan significativos, desde la recuperación de la democracia hasta la actualidad?

CBBF: El primer desplazamiento, si es que así lo podemos llamar, de estas demandas, me parece que hay un desplazamiento, por lo menos en la realidad uruguaya, que es un hito del cual aún en el día de hoy no logramos librarnos, ni aún desde el punto de vista de la academia que tiene sus buenas deudas en el tema: creo que el primer desplazamiento es el desplazamiento matriz de la Ley de Caducidad, que quiebra con principios inherentes al concepto del Estado de Derecho que tenemos todos incorporado, y que es exiliar del control de la justicia ordinaria, acudiendo en su propio tenor literal la ley lo dice, ¿no? La imposición de los hechos “la circunstancia de los hechos”, imponen que quedan exiliadas las graves violaciones de los derechos humanos del ámbito jurisdiccional.

Esto es un quiebre de una magnitud enorme, que en Uruguay además hemos tenido la particularidad de ponerle un nombre “poético” que todavía la academia está por descifrar, que es la “caducidad de la pretensión punitiva del Estado”, es realmente lírico en su redacción. Pero con esa visión, digamos, poética, de un instituto jurídico y este descriptor brutal que es una contradicción en sí misma, ¿no?, un Estado que entiende que caducó su pretensión punitiva poco de Estado de Derecho tiene, ¿no? Pero en fin…

Entonces ese primer desplazamiento yo creo que es condicionante del recorrido posterior de estos temas en mi país, el haber desplazado hacia el Poder Ejecutivo aquellas causas que se habían iniciado en el ochenta y cinco por graves violaciones a los derechos humanos, las quitan de la órbita del Poder Judicial, las elevan a la instancia del Poder Ejecutivo, ahí se hace un simulacro de actuación por un fiscal proveniente de la justicia militar, me acuerdo, principalmente en los casos de desaparición.

Porque, ¿qué pasa? Esta ley, más allá de haber caducado la pretensión punitiva del Estado uruguayo respecto a ese tema de ese pasado traumático de nuestro país, esa ley a la vez dice que las investigaciones en relación a personas detenidas desaparecidas y menores secuestrados se van a sustanciar por el Ejecutivo. Entonces ahí hay un primer desplazamiento enorme de la función jurisdiccional, absolutamente ladeada, y con una jerarquía del Poder Judicial que ha permeado cada cuestionamiento de constitucionalidad que se le ha hecho a la Ley de Caducidad con un sello de validación, o sea, ha salido ilesa de las primeras demandas de inconstitucionalidad. Salvo unas discordias, pero bueno, a los efectos reales no implicaron que la ley quedara sin efecto, y enormes discusiones académicas respecto de si esta ley es susceptible de anulación, derogación, etcétera, etcétera.

Una diáfana de institutos jurídicos para poder abordarla y analizarla, en el curso de años y años hasta que se llegó, en el Parlamento, a una ley interpretativa de la Ley de Caducidad, con posterioridad de la aprobación incluso del Estatuto Penal Internacional de Roma por el país. Entonces esto es un desplazamiento que luego va a generar sus consecuencias, ¿Por qué digo esto? Porque el ámbito de la investigación se ve privado de muchos años del escenario jurisdiccional y pasa al escenario administrativo del ejecutivo, creando en la época de Jorge Batlle una institucionalidad que fue la Comisión para la Paz, administrativa, en la cual ya está acotado el universo y con esto se agrega otra problemática más, que es la visibilidad de todas las violaciones a los derechos humanos del universo de prácticas represivas lesivas de los derechos humanos, y del universo de víctimas de la dictadura.

Esta disección que hace la Ley de Caducidad es una matriz que va a recorrer el tema de la desaparición forzada, el tema de los secuestros de los niños, y va a generar un gran espacio en el cual las dinámicas se van a desarrollar en torno a estas figuras. Eso también genera las consecuencias, como yo decía antes, de que otras prácticas, otros universos, otra realidad, o sea, la contextualidad del Terrorismo de Estado en el país no se pudiera ponderar, no se pudiera abordar.

Hasta que una ley, recién en el dos mil nueve, a los efectos de regular el ámbito reparatorio, contempla no sólo el período del Terrorismo de Estado sino la Actuación Ilegítima, o sea la aplicación de mecanismos constitucionales como las medidas prontas de seguridad, y el Terrorismo de Estado como segundo período del Golpe en adelante. Ahí se empieza a abarcar las distintas prácticas violatorias de derechos humanos: privación ilegítima de la libertad, tortura, homicidio político, prisión política, desaparición forzada, etcétera, etcétera. Ese es un gran desplazamiento que tiene que ver con las institucionalidades, que es fundante, y que a la vez tiene que ver con la dimensión, con la empatía que se puede generar en una sociedad salida de un período dictatorial muy duro, en la cual, el silencio, el miedo, las reservas, ni siquiera permitían un acceso al universo total. Ahí también la dimensión de las consecuencias de la dictadura se fue zanjando en el correr de muchos años, estamos hablando desde el ochenta y cinco a la fecha, en el que el recorrido de sociedad civil y de las víctimas sostuvo permanentemente en agenda este tema y el hacerlo visible.

Y el segundo desplazamiento que genera una polémica también muy importante, porque además tiene que ver con las construcciones de acceso a la ciudadanía, con las construcciones de derechos democráticos, con las herramientas constitucionales de práctica directa de la democracia, son: el plebiscito del voto verde, el “famoso” voto verde que fue un plebiscito sobre la Ley de Caducidad, y el segundo plebiscito para derrocar esta herencia maldita de la Ley de Caducidad que es el voto rosado, en otro contexto político y social del país, en el cual el resultado también fue que la ley sale ilesa.

Entonces creo que esos son dos desplazamientos muy importantes y que a nivel de valores democráticos deben discutirse a fondo, porque, ¿qué pasa? Estos dos resultados de participación democrática directa, se utilizan desde el discurso del poder o negacionista a los efectos de validar el resultado de esas consultas populares en materia de derechos humanos, cosa que resulta absolutamente inaceptable, pero bueno, esa argumentación ha existido y ha existido también a nivel de órganos jerárquicos del Poder Judicial.

 

LGB: ¿Crees que pueden haber tenido una incidencia significativa algunas teorizaciones académicas en la materia, por ejemplo respecto a la retórica de las demandas de la sociedad civil, por un lado, o en relación al litigio concreto de estas demandas, por otro?

CBBF: Yo creo que las teorizaciones académicas sí tienen una incidencia, y que tienen aparte un desafío enorme, porque de alguna manera a nivel académico también las salidas democráticas, la recuperación democrática en la región, se enfrenta a una comunidad académica que también había sido víctima de la selectividad de la dictadura. Entonces también hay debilidades institucionales en las cuales se pueden construir esos discursos de resistencia o esos abordajes, y en este caso específico, la tensión que puede existir entre dos órdenes del derecho distintos y que indudablemente entran en tensión y que siguen hasta el día de hoy apareciendo en los debates jurisprudenciales y en los agentes judiciales por supuesto también, ¿no?

Tiene que ver con esta tensión entre la regulación del derecho interno en este caso validado aparte por mecanismos constitucionales de consulta popular, y por otro lado, de alguna forma aparece todo un desfasaje en eso con lo que es la construcción que viene del ámbito disciplinar de los derechos humanos tanto a nivel regional como a nivel internacional. Esa tensión, de la vigencia de estos dos ámbitos, ha llegado a que, hace muy poco tiempo, la propia Suprema Corte de Justicia, alegara conceptos tales como el “Estado Nación” y “Soberanía” para rechazar cualquier tipo de control de regularidad constitucional por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en un hito que también es clave en este tema que es la sentencia condenatoria al Estado uruguayo por el caso “Gelman”.

Esa sentencia y lo que irradia desde el punto de vista de su obligatoriedad generó una serie de actos simbólicos, una activación de causas, un posicionamiento, un aggiormaniento de las agendas en materia de derechos humanos, pero no logró lo que un Ministro de Corte tuvo la osadía de llamar “la muralla”, o sea, no iban a pasar, y de esa manera de “no van a pasar”, vuelve a erigirse toda esa construcción que tiene que ver con un concepto absolutamente cerrado, de un derecho soberano y de una jurisdicción propia, que se enmarca en ese concepto de Estado Nación que es brutal si uno lo analiza en los tiempos en los que vivimos y en los diversos órdenes que coexisten en tensión.

Ese es un gran problema, entonces en ese sentido las teorizaciones se han visto de alguna manera enfrentadas, y enfrentadas con institucionalidades que tampoco estaban preparadas para los reclamos de esta naturaleza, ¿no? Por ejemplo, el Poder Judicial, y en sus elaboraciones lo mismo, el nivel de la interpretación que puede hacerse desde el punto de vista del derecho en esto, está condicionada por el propio diseño, o sea, las causas de derechos humanos estuvieron hasta hace muy poco tiempo, distribuidas en los juzgados penales, sin grado de especialización, sin fiscalías especializadas, hasta la reciente creación de la Fiscalía Especializada de Crímenes de Lesa Humanidad.

Entonces eso también implicó que el sistema judicial en su conjunto tuviera que atender este tipo de demandas junto con cualquier otra demanda del ámbito penal, y la producción jurisprudencial, la producción académica, la producción en conocimiento y en aplicación de institutos que venían del derecho internacional de los derechos humanos, también han quedado en ese escenario desplazados, y normalmente esgrimido desde los denunciantes, por las familias de las víctimas, por las víctimas mismas y por sus abogados patrocinantes, ¿no? La discusión permanente ha sido esa y la estrategia de la defensa de los militares permanentemente ha sido cuestionar sobre la base de elementos tan tradicionales y tan liberales como la seguridad jurídica, la prescripción, o sea, institutos clásicos y tradicionales para enfrentar la argumentación de las estrategias jurisdiccionales o litigantes.

 

LGB: ¿Cuáles considerás que son los puntos fuertes y débiles en este tipo de luchas en cuanto a lo conquistado y lo pendiente (para América Latina, específicamente del "Plan Cóndor" y/o para el caso de Uruguay)? ¿Qué relación tiene o puede tener la cultura de la impunidad con los avances y límites en la cuestión?

CBBF: Voy a empezar con tu pregunta por el final. Me parece que uno de los temas que tenemos que problematizar desde el inicio, es esta recurrencia semántica que a veces hacemos, hasta desde el movimiento de derechos humanos, a hablar de una “cultura de la impunidad”, yo siempre digo que “cultura” es un término que deberíamos usar en esta área entre comillas, ¿no? cuando en definitiva esto es, digamos, si yo pienso en la Ley de Caducidad, lo que tiene es una violencia institucional y un ejercicio de poder absoluto, de desprotección absoluta desde el punto de vista de la tutela de los derechos humanos.

Entonces yo creo que con “cultura de la impunidad” a veces intentamos explicar determinadas prácticas o mecanismos, algunos vinculados no sólo con el fenómeno de la impunidad sino vinculados con el fenómeno de la corrupción, vinculado con otro tipo de problemáticas transversales que se van agregando con el curso del tiempo en esta materia, porque buen, impunidad es complicidad, ¿no? Reivindico que tengamos que discutir justamente el tema de la “cultura de la impunidad” porque yo creo que la impunidad es un fenómeno que se impone, es un fenómeno estructural multidimensional y cuya construcción es estructural, entonces yo hablaría más de prácticas o dinámicas de impunidad.

Los puntos fuertes en esto, es que la historia en América Latina, al menos desde el punto de vista de la desaparición forzada y diría que en la mayoría de las prácticas violatorias de derechos humanos en la década del setenta, tiene un punto muy fuerte que es sociedad civil. En el devenir del tiempo, en las circunstancias políticas que se consideraran, el contexto político que estemos hablando, siempre es sociedad civil quien sostiene la reivindicación de los temas de Justicia, de Memoria, de Verdad, ha sostenido la búsqueda, ha sostenido los temas de reparación...

O sea, creo que eso es una gran fortaleza, y creo que más allá que podamos cuestionarnos las pretensiones más hegemónicas de la construcción en materia de derechos humanos, más allá de eso es indiscutible que en ese sentido, todas las disposiciones regionales e internacionales en materia de derechos humanos han sido herramientas a las cuales ha recurrido sociedad civil para su tutela, no siempre efectiva obviamente, pero sí es una herramienta útil. Es más, en la experiencia en desaparición forzada que yo he vivido más cercanamente y en lo que era la Federación Latinoamericana de Familiares de Detenidos Desaparecidos, la FEDEFAM, ¿no? Ha sido protagónica en la creación de un instrumento contra la desaparición forzada.

Es más, yo siempre lo digo, son los familiares de las víctimas, los que empujan a la academia, los que empujan a los expertos, ¡empujan! ¿Para qué? Para hacer visible en el derecho una figura que no existía, como yo siempre digo, que no es la sumatoria del homicidio y del ocultamiento de un cuerpo, no, es un diseño de represión único, que tiene que ser visible, y que tiene que ser simbólicamente claro, entonces, esa es una fortaleza que me parece enorme.

Las debilidades son las debilidades del paso del tiempo, en primer lugar, si se piensa que por ejemplo en mi país los juicios por responsabilidad penal en este tema han quedado paralizados durante años, que las víctimas se van muriendo, que los testimonios se van perdiendo, que el acceso a las agencias de inteligencia que tienen los archivos es una lucha constante para que se pueda acceder y para que se acceda en su totalidad, que la estrategia ha sido centrar en tres o cuatro militares y poco civiles, esas son debilidades institucionales del transcurso del tiempo con un recorrido de ausencias y un recorrido paralizante, digamos así, desde el punto de vista de la justicia que es una debilidad enorme, y el no empoderamiento, digámoslo así, de los operadores judiciales de lo que son sus responsabilidades, saliendo de esa matriz más histórica del juez no comprometido.

Tendríamos que evaluar más adelante qué significa en esta coyuntura la actuación de la Fiscalía Especializada de Crímenes de Lesa Humanidad, que obviamente ha sido una conquista de sociedad civil, su reclamo y su instrumentación, y bueno, que está actuando en la materia pero que también con este desfasaje temporal hace a una elaboración que está ausente en Uruguay que incide y repercute.

 

LGB: Insistiendo con el caso de Uruguay, ¿Cuál es tu reflexión acerca de la característica distintiva de lo que algunos sectores sostienen como “fenómeno de la impunidad”? ¿Cuál es tu evaluación hoy de la Ley de Caducidad, los análisis jurisprudenciales y académicos y los movimientos conservadores que la sostienen?

CBBF: Yo creo que, en el caso de Uruguay, la reflexión, digamos, sobre el fenómeno de la impunidad debiera profundizarse. Normalmente, como el debate se centró en la responsabilidad penal, en el ámbito penal, y de alguna manera eso pautó un recorrido, tenemos muchos “debes” respecto del abordaje del fenómeno de la impunidad. Hablamos de que es un fenómeno multidisciplinario y demás, pero no logramos también sumar miradas. Este debate que se instala entre lo jurídico y que se desplaza al discurso político permanentemente con una Ley de Caducidad aprobada, con una resistencia a una ley interpretativa, con los desafíos que le plantea a un gobierno progresista todo este tema, sus divisiones internas, las posturas que algunos ex dirigentes de izquierda asumen respecto de la teoría de “los dos demonios”, vuelven a revivir un montón de desafíos y de dimensiones que hay que darle al fenómeno de la impunidad.

O sea, la mirada jurídica obviamente debe profundizarse, hay una mirada política porque todo este fenómeno de la impunidad y sus argumentaciones también provienen de las herramientas políticas, hay una mirada desde ópticas… Pero también faltan miradas. Yo siempre digo que hay una mirada que falta, que es la socio-jurídica, en el sentido que tenemos que lograr comprender que el fenómeno de la impunidad: primero, es estructural; segundo, tiene distintas modalidades que en cada contexto y cada país asumen dimensiones, gravedades, desafíos y aberraciones distintas. Yo puedo hablar de la impunidad desde un punto de vista jurídico, pero también hay una impunidad que se llama fáctica que también incide en lo cotidiano. Yo me acuerdo las primeras tensiones en la salida constitucional con las citaciones de los militares y el que estuvieran en una caja fuerte, por ejemplo. Los grados de complicidad, los institutos penales que se aplican con criterios de flexibilidad, el no aggiornar mecanismos procesales penales a esta materia, seguir re-victimizando…

O sea, creo que hay una vastedad, digamos así, en este fenómeno que tiene que abordarse con miradas múltiples. La mirada sociológica, la comprensión de los roles institucionales desde el punto de vista de la sociología jurídica, el actuar de los agentes del sistema de justicia, cómo eso se entronca en un modelo político y un diseño político de un Estado en determinado perfil ideológico. Hay miradas para sumar y hay que hacerlo de manera multidisciplinaria. Y hay que investigar muchas modalidades de la impunidad, no por el mero afán académico de aplicar metodología e investigaciones, sino por el afán de una comprensión cabal de hasta dónde puede enraizarse la impunidad y comprometer lo que en la disciplina, en la materia o en el ámbito de derechos humanos hablamos de garantías de no repetición. Esas garantías de no repetición van a mirar toda la institucionalidad del Estado. Va a mirar, por ejemplo, la educación. Va a mirar la institucionalidad de la formación policial y militar. Va a generar una serie de polémicas que Uruguay no ha terminado de dar.

Estamos en el 2020 y estamos enfrentando la existencia de Tribunales de Honor en los cuales se admite la comisión de graves delitos de lesa humanidad y no fueron comunicados a la Justicia. Un debate de si se homologó el Tribunal de Honor a consciencia de lo que decía, si no se homologó, el gobierno actuante incriminando al gobierno anterior, etcétera, etcétera. Hay toda una serie de dinámicas muy bizarras de ver, de analizar, de actuación en los actores y en el sistema, de analizar desde el punto de vista de la enseñanza, que me parece que son dimensiones de la impunidad que todavía no logramos explorar, discutir, debatir y que, además, en la medida en que no podamos comprenderlo como el fenómeno que es, no vamos a dar explicaciones a muchas realidades que podemos enfrentarnos en materia de Verdad, por ejemplo, ni sostener argumentaciones válidas contra revisionismos, contra teorías de “los dos demonios” que no son propias de Uruguay, son discursos recurrentes en la materia cada vez que viene un movimiento de “hasta aquí llegamos”, “la agenda pública tiene otras necesidades, este tema ya está”, “dejen de tener los ojos en la nuca”, o “esto se acaba cuando la última de las viejitas se muera buscando los huesos de su hijo”, cosa dicha además por un dirigente de izquierda en este país. Entonces son muchos los desafíos, son muchas las encrucijadas y atraviesa, a esta altura, a todo el sector político uruguayo.

 

LGB: En el caso de Uruguay o en general, ¿Cuál creés que fue y es el rol de la sociedad civil y las organizaciones de derechos humanos? ¿Cuál fue, es y podría ser su incidencia a nivel local e internacional?

CBBF: Creo que ya lo respondí anteriormente, pero el rol de la sociedad civil y de las organizaciones de derechos humanos en esta materia, en mi opinión es clave, es el motor, yo lo planteaba con el fenómeno de la desaparición forzada pero el símil de la construcción y del simbolismo de erigir una modalidad represiva de esa magnitud y de esa complacencia en las estructuras del Estado es brutal, si a eso le sumamos la mirada regional y lo que el Plan cóndor significa, los esfuerzos de visibilizar esos acuerdos, esos “pactos de Omertá” de la región, es gracias a la sociedad civil y a las organizaciones de derechos humanos que han reivindicado permanentemente e interpelado permanentemente, aún en los organismos a niveles, como te decía, regionales e internacionales.

Su demanda ha sido constante y el Plan Cóndor por ejemplo, en mi experiencia personal, en el transcurso de los años, de las primeras denuncias a lo que era la Comisión de Derechos Humanos de ONU hasta el Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas de hoy en día, la asociación de Familiares armó su argumentación y su ampliación de denuncias en aquello que era un mecanismo tradicional del grupo de trabajo que era ubicar la desaparición forzada en límites territoriales. La experiencia del Cono Sur implicó quebrar esa dinámica y que las denuncias, por ejemplo, de un argentino desaparecido en Uruguay o un uruguayo detenido - desaparecido en Argentina, como fuere, apareciere en el listado la responsabilidad de ambos Estados.

Eso por ejemplo es una lucha bastante actual que tiene que ver con las propias estructuras internacionales, o con la visión de un fenómeno, ¿no? En el cual, el surgimiento de la desaparición en su momento y su tipificación a nivel internacional, las dimensiones de conexión en estas dictaduras regionales se desconocían. En el caso de Uruguay, por ejemplo, la coordinación represiva llega en plena democracia con el homicidio de Berríos, este agente de la inteligencia chilena, que es secuestrado y asesinado acá, cuyos responsables son uruguayos colaboradores que son juzgados en Chile, o sea, la dimensión de los acuerdos represivos en la región, que vuelve a poner en debate todos los mecanismos de coordinación en materia de seguridad más actualmente con el fenómeno de la globalización, el crimen organizado, estamos permanentemente expuestos a dinámicas de coordinación represiva.

Yo creo que la enseñanza que proviene de la coordinación del Plan Cóndor tiene que ser un ingrediente de alerta permanente en la incorporación de esa tendencia y en la tensión que hay sobre los nuevos discursos de seguridad, que ya no son aquellos que enfrentaron las víctimas de Terrorismo de Estado pero en el cambio discursivo sí existe. Y aún en esa dimensión de las coordinaciones, la sociedad civil y las organizaciones de derechos humanos han sido claves en sostener, en exigir y en permanecer en el transcurso de los años.

 

LGB: Como pregunta personal y puntual, pero que me parece necesario realizar para los posibles lectores de la entrevista, ¿Nos podrías contar desde tu experiencia qué sucede al transcurrir distintas inscripciones en distintos campos (el docente y académico con sus reglas específicas, el más “técnico” o propio de la profesión en el ejercicio como abogada litigante, y el más militante de apoyo y acompañamiento a una causa social), si notás posibles puentes de articulación y/o limitaciones y complejidades difíciles de “traducir” de un “mundo” al otro?

CBBF: Bueno, yo siempre digo algo, que lo que he aprendido, lo que me he formado en estos temas, principalmente en el tema de desaparición forzada, ha sido porque he conocido a los familiares de las víctimas. El aprendizaje en esos campos justamente creo que viene de la realidad y se incorpora a la formación y luego tiene, obviamente, un compromiso ético, que eso es un compromiso personal en el ejercicio de la profesión. Pero la articulación existe, es más, yo diría que a mí me ha dotado de los elementos de comprensión necesarios para poder traducir técnicamente las demandas en materia de desaparición forzada. O sea, el trabajo directo con víctimas, con el movimiento social, es clave para la comprensión de la realidad, para la empatía y un compromiso. Entonces esos canales existen.

Las limitaciones técnicas, el lenguaje que tenemos los abogados, bueno, también depende de nosotros, sabemos manejar más de un lenguaje, lo que sí es claro para cualquier profesional que trabaja en los movimientos sociales es qué quiere el movimiento social, qué quiere la víctima, eso es claro. Quizás el problema lo tenemos nosotros cuando lo traducimos al lenguaje técnico y tornamos más complejo algo que es muy claro en su reivindicación.

Entonces yo creo que esos puentes y esa articulación existen y, te vuelvo a decir, en mi caso personal lo que aprendí de desaparición forzada lo aprendí junto al movimiento social de los familiares de las víctimas de desaparición, y eso es un transcurso de muchos años y que, aparte, te permite también comprometerte, visualizar, advertir otras modalidades. La modalidad de la desaparición forzada del setenta no es la modalidad de Guantánamo, pero sociedad civil tiene esa capacidad de comprender los mecanismos de represión y de identificarlos. Y me parece muy interesante que así sea ese aprendizaje.

Hay articulación pero creo que justamente la articulación es desde el lugar del movimiento social, porque la traducción… Supongo que hablás del lenguaje, el lenguaje técnico a veces es complejo, yo en mi experiencia profesional no sé si era tanto un tema del lenguaje si no un tema de apropiación de la realidad que se estaba tratando en el ámbito jurisdiccional, porque también el lenguaje técnico marca una distancia, ante fenómenos muy traumáticos que puede estar escuchando en testimonios y actitudes un poco re-victimizantes, el lenguaje técnico se usa a veces como una herramienta de distanciamiento por los agentes judiciales, ¿no?

Pero yo creo que las mayores dificultades estaban en la comprensión de la problemática y eso también hace al involucramiento de los profesionales del derecho, entonces se pueden construir perfectamente esos puentes, no es difícil traducir en términos técnicos o profesionales qué quiere una víctima, de tortura, de abuso sexual, etcétera, no es difícil, lo que es difícil es la recepción por el sistema de eventos tan traumáticos cuando la respuesta institucional es pobre o inadecuada, creo que eso es lo más infame.

 

LGB: Como pregunta genérica que se vincula a la indagación que se propuso el Dossier de la revista, ¿Cómo percibís la relación entre el derecho, su “uso estratégico” por los movimientos sociales y lo que sucede en particular con la judicialización de estas causas? ¿El derecho, es una posible herramienta de construcción de “horizontes emancipatorios” como allí se sostiene, y en tal caso de qué dependería?

CBBF: Creo que de alguna manera ya lo contesté, el problema de la relación del derecho y el uso estratégico… Obviamente, yo creo que es posible, porque además en mi experiencia en derechos humanos justamente la respuesta proviene del movimiento social, en ese sentido, estratégicamente, si yo pienso en las herramientas internacionales que también proporcionaron herramientas internas al movimiento de derechos humanos para reivindicar un eje como la Justicia, o como la reparación, o como la memoria, yo creo que sí va a tener ese contenido, obviamente que también va a tener los límites que el derecho tiene, como producto social y político, y principalmente político.

Pero yo creo que es una herramienta, además una herramienta que tenemos que manejarla en su dimensión integral y en una construcción estratégica emancipadora, que sea de alguna forma, un elemento de emancipación, pero sabiendo que el derecho tiende a tutelar determinadas estructuras. Y que las conquistas en ese sentido, y este es un aprendizaje de la historia en materia de derechos humanos, las conquistas que puedan tenerse y demás, son absolutamente históricas y condicionadas, posibles de perderse al otro día.

Entonces yo creo que ese fluir estratégico, esa demanda constante, puede dar contenido a esas herramientas y puede dotar a esas herramientas de efectividad. Por sí sola obviamente que no. Pero los reclamos, por ejemplo, de las institucionalidades y los roles y los empoderamientos respectivos de los agentes sociales con la garantización de derechos y la construcción de los derechos, forja interpretaciones judiciales distintas.

Cuestionar el mecanismo de designación de los jueces, cuestionar el sistema de los órganos jerarcas en la selectividad del personal, controlar los ejercicios de autoridad en los mecanismos disciplinarios… Es decir, hay una serie de herramientas que indudablemente contribuyen a profundizar, pero siempre que reivindiquemos una utilización en ese sentido, democrática y transparente. Sí hay potencialidades, indudablemente las hay.

 

LGB: Para concluir, además de agradecerte mucho por tu tiempo y el compartirnos tus reflexiones, ¿Quisieras contarnos alguna vivencia puntual que te parezca significativa o simbólica respecto a este tema, y/o quisieras agregar algo más que te resulte pertinente?

CBBF: Haciendo una reflexión más personal desde una dimensión, digamos, vivencial y profesional que son inescindibles, ¿no? Y que me parece que es bueno de compartir, porque entre otras cosas creo que son las experiencias en que se llega finalmente a entender que no hay elección desde el punto de vista ético del lugar que hay que ocupar, que el lugar que uno tiene que ocupar desde las herramientas profesionales es al lado de la víctima, del que sufre, del desposeído, creo que es un aprendizaje que pauta una elección personal, profesional y ética, como universitarios.

Es difícil hacer una selección de anécdotas sin dejar de lado personajes muy importantes o experiencias impactantes, pero a nivel de militancia recuerdo la primer Marcha del Silencio, por ejemplo, de los veinte de mayo en mi país, recuerdo esa primera marcha bajo una lluvia importante, bajo varias decepciones para el movimiento de derechos humanos, bueno, se los confieso sin vergüenza ni pudor alguno, la emoción que nos recorría, esa emoción partía de la base del silencio absoluto que todos los manifestantes mantuvimos, en la cual lo único que se sentían eran los pasos por la avenida 18 de Julio, y el único ruido apenas perceptible era el roce que las fotos de los desaparecidos hacían.

Y una marcha además, donde quienes militábamos en eso aprendimos dos cosas: la primera es que la foto no se elige, y la segunda es que no queda ninguna foto. Esas son dos consignas que me parecen fundamentales en el movimiento de derechos humanos: no hay selección de víctimas y no hay ninguna que pueda quedar debajo, no hay ninguna que podamos olvidarnos cuando salimos de la marcha.

Y mi recuerdo también, que tiene que ver mucho con los desafíos que uno tiene que plantearse para poder decodificar los discursos hegemónicos sobre la llamada “cultura de la impunidad” que fue, hace no mucho tiempo, cuando Luisa Cuesta, “la vieja Luisa” para mí con quien tenía una relación muy cercana desde antes de recibirme siendo estudiante de Derecho cuando familiares estaba en el sótano que SERPAJ le donaba para funcionar a la asociación, y hace unos años antes que Luisa falleciera, la primer marcha desde la inicial que faltó fue porque estaba en un CTI, fue brutal la reacción de la gente y eso habla de la legitimación de determinados movimientos de derechos humanos y eso demuestra cómo los discursos construidos no son reales en el sentir del movimiento social.

Luisa esa marcha no pudo estar. Pero la gente, sin coordinación ninguna, fue capaz de producir una foto, con el rostro de Luisa, un rostro muy emblemático, legitimado además por su valentía, por su tenacidad, por enfrentarse a los poderosos “de ayer y de hoy” como decía ella, y me emocioné muchísimo porque la ausencia de Luisa lo que significó es que la gente espontáneamente llevara unos carteles con su rostro y decía, sencillamente, “en tu nombre”. Eso fue un impacto emocional para muchísimos, y el saber que, como lo sabían las viejas, como lo supo siempre Luisa que, la cuestión en esto era permanecer. Y si ella no estaba, hubiera alguien que recordara su lucha desde la salida de la democracia hasta los dos mil y algo. Y eso realmente es un aprendizaje que no hay discurso que pueda quitarle legitimidad. Cuando así se siente y cuando espontáneamente, mucha gente que no la conocía de cerca como la conocía yo, sintió como propio al hijo de Luisa, porque el hijo de Luisa era todos. Como yo decía antes, no queda ninguna foto, y las fotos no se eligen.

Y después la experiencia profesional que me gustaría compartir que tiene que ver también con la sensibilidad, con la empatía, con el saber de qué lado uno está en el ejercicio de la profesión, tiene que ver con haber vivido desde el punto de vista profesional en dos momentos muy distintos de mi vida, uno recién recibida, la identificación de un uruguayo desaparecido en Santiago, en Chile, tener que asumir la custodia, el traslado de esos restos, pero sobre todo la conversación frente a sus hijas que eran casi de mi generación. La responsabilidad profesional que uno siente en ese momento, y la impotencia que siente de manera concomitante, es una vivencia inolvidable.

Y hace un año, viví nuevamente un hallazgo, de otra manera diferente, en un cuartel, y sinceramente me acuerdo hasta el día de hoy, bueno, las horas que pasamos allí trabajando, el despliegue que hubo, el equipo de antropólogos forenses, pero sobre todo, ¿saben qué recuerdo? Recuerdo la sensación cuando llegué, la sensación de suponer que teníamos un hallazgo, la sensación de ver el lugar, la sensación de descubrir la brutalidad que encierra un crimen de esa naturaleza, de esa envergadura como la desaparición forzada, y haber vivido esa experiencia, y haber vivido todo el período que demoró la identificación, con todos y cada uno de los familiares en tensión, en una expectativa realmente muy dolorosa después de casi cuarenta años, y haber vivido el proceso que esa familia vivió, en las condicionantes, en las condicionantes judiciales, en las condicionantes sociales, y esa vivencia, ese hallazgo, esa constatación que el horror no puede pasar, creo que es de las vivencias más fuertes que uno como profesional del derecho puede tener.

Y que afianzan eso, afianzan las elecciones, afianza como yo decía al principio, el lugar en donde uno éticamente tiene que estar. Y que esos lugares tienen costos, obviamente que tienen costos, pero cuando uno es capaz de sentir lo poco que puede contribuir desde el derecho, desde el ejercicio de la profesión, al esclarecimiento, a la verdad, a la justicia, o al trozo de justicia, o el trozo de verdad, que se consigue en el ámbito jurisdiccional, creo que eso es de un nivel de gratificación humana indescriptible, y que indica necesariamente en qué lugar uno quiere estar.