Crítica y Resistencias. Revista de conflictos sociales latinoamericanos

N° 14 (junio-noviembre). Año 2022. ISSN: 2525-0841. Págs. 224-243

http://criticayresistencias.com.ar

Edita: Fundación El llano - Centro de Estudios Políticos y Sociales de América Latina (CEPSAL)

 

El derecho a la resistencia a los proyectos mineros. El caso del proyecto Curipamba Sur, en la provincia de Bolívar, Ecuador[1][2]

The right to resistance to mining projects. The case of the Curipamba Sur project, in the province of Bolívar, Ecuador

 

Cecilia Jakelinne Borja Pazos[3]

 

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-No hay restricciones adicionales 4.0 (CC BY-NC 4.0)

 

Resumen

En esta investigación, se describe el proceso de resistencia a la minería en la provincia de Bolívar, con énfasis en el proyecto minero Curipamba Sur, para identificar las violaciones a los derechos humanos que ocurrieron durante las protestas sociales en defensa del territorio. En el primer acápite, se analiza el derecho a la resistencia y las garantías de protección a los derechos humanos. En el segundo acápite, se visibiliza el proceso de resistencia y las violaciones a los derechos humanos en la provincia de Bolívar. Se relaciona a la minería con el modelo económico y político del sistema capitalista de acumulación por desposesión de los territorios, siendo la criminalización de la protesta social parte de las respuestas de empresas mineras y del Estado ante la resistencia de las comunidades.

Palabras claves: Bolívar; Minería; Curipamba Sur; Resistencia; Curimining; Conflictos Socio ambientales.

 

Abstract

In this research, the process of resistance to mining in the province of Bolívar is described, with emphasis on the Curipamba Sur mining project, to identify the human rights violations that occurred during the social protests in defense of the territory. In the first section, the right to resistance and the guarantees of protection of human rights are analyzed. In the second section, the process of resistance and human rights violations in the province of Bolívar are made visible. Mining is related to the economic and political model of the capitalist system of accumulation by dispossession of the territories, being the criminalization of social protest part of the responses of mining companies and the State to the resistance of the communities.

Keywords: Bolívar; Mining; Curipamba Sur; Resistance; Curimining; Socio-environmental Conflicts.

 

Introducción

En este artículo de investigación se analiza el caso del proyecto minero Curipamba Sur, ubicado en la provincia de Bolívar, cantones Echeandía, Guaranda y Las Naves, con el objetivo de realizar un acercamiento teórico a los conceptos de extractivismo y el derecho a la resistencia; y, reconstruir la historia del movimiento antiminero en esa provincia, para identificar las violaciones a los derechos humanos que se dieron durante las acciones de protesta de las comunidades indígenas, campesinas y montubias, entre los años 2006 y 2010.

Se utilizó el método de investigación cualitativo, en un contexto donde las organizaciones indígenas y populares protestaban en contra de un modelo económico y político, para realizar el trabajo descriptivo y analítico del estudio de caso referido al conflicto por la explotación minera, los tipos de resistencia, junto con las acciones y estrategias de la empresa Curimining S.A., subsidiaria de la empresa Salazar Resources Limited (propietaria del proyecto Curipamba Sur); así como los procesos organizativos de resistencia en comunidades indígenas, campesinas y montubias, tomando en cuenta la diversidad cultural y los aportes de la participación política y organizativa de los grupos involucrados en el conflicto.

Se realizó observación participante en las comunidades de influencia directa del proyecto Curipamba Sur, en los cantones Guaranda, Echeandía y Las Naves (entre noviembre y diciembre de 2016), junto con la participación en el Encuentro por la defensa y conservación de la Naturaleza; el Agua y la Vida, realizado en la parroquia San Luis de Pambil, cantón Guaranda, el 11 de diciembre de 2016; y, en las asambleas comunitarias realizadas en la comunidad Monoloma, parroquia San Luis de Pambil (diciembre de 2016), en la comunidad La Palma, parroquia Salinas (diciembre de 2016). Además, se recogieron 14 testimonios de las personas vulneradas en sus derechos durante el periodo 2006-2010, y de aquellas que no están de acuerdo con la explotación minera, a esto se suman dos testimonios, realizados en octubre de 2018, de personas desalojadas por la empresa minera Ecuacorriente – ECSA, quienes vivían en el poblado San Marcos de la parroquia Tundayme, provincia de Zamora Chinchipe. Y Se entrevistó a 7 habitantes de las comunidades de incidencia del proyecto minero y a la vez responsables de dirigir la resistencia; junto a un relacionador comunitario y a un grupo de trabajadores de la empresa minera Curimining S.A.

El extractivismo es parte de una problemática generada por el sistema capitalista, porque hace parte del dominio, explotación y mercantilización de los bienes naturales comunes, para la reproducción y acumulación del capital, a nivel local y global. En Ecuador ha provocado conflictos socios ambientales, con desalojos forzados, contaminación ambiental, juicios y encarcelamientos, entre otras formas de criminalización a la protesta social.

Las comunidades indígenas, campesinas y montubias de Bolívar identifican la importancia de resistir a los impactos y amenazas de las actividades mineras en sus territorios, debido al gran valor que atribuyen a la naturaleza y a sus formas de vida tradicionales. El movimiento antiminero de la provincia ha logrado fortalecer la organización y generar una movilización en rechazo al extractivismo, concientizando a las comunidades de influencia del proyecto Curipamba Sur, y coordinando acciones con otras organizaciones indígenas y populares del país. Como ejemplo de estas acciones, podemos mencionar que, en 1993, expulsaron a la empresa inglesa Río Tinto Zic (RTZ) propietaria de concesiones en la parroquia Salinas. En 2007, ocurrió similar situación con la empresa Curimining S.A., que realizaba trabajos de exploración inicial en el recinto El Congreso, cantón Echeandía.

El éxito organizativo de la última movilización se debe tanto a un proceso coordinado entre las comunidades del subtrópico y las comunidades de la parroquia Salinas, cantón Guaranda, como a la preparación de sus dirigentes, junto a un trabajo de socialización en las comunidades durante un período aproximado de siete meses. En este sentido, la toma del campamento de la empresa, localizado dentro del recinto El Congreso, movilizó a más de 2 mil personas. Fue una acción que contribuyó a fortalecer el movimiento antiminero y a generar una conciencia ambiental y de resistencia en la población.

No obstante, en la actualidad, marzo de 2022, la empresa continúa en la comunidad Naves Chico y anunció, en un comunicado difundido el 17 de enero del presente, junto a su socia Adventus Mining Corporation, la construcción de la mina para lo cual aseguraron 235,5 millones de dólares de las empresas inversionistas Wheaton Precious Metals International Ltd. y Trafigura Pte Ltd.

Si bien las estrategias de la compañía garantizan, en parte, la disminución del conflicto y el avance de las actividades del proyecto se puede advertir que tanto las comunidades como sus dirigentes están dispuestas a retomar el movimiento, para proyectarlo nuevamente en pro de la resistencia en la provincia y para contribuir a la organización nacional.

 

1. El derecho a la resistencia y las garantías de protección a los derechos humanos

En el ordenamiento jurídico ecuatoriano existen disposiciones constitucionales donde se estipula que todos los derechos serán justiciables y tanto estos como las garantías establecidas en la Constitución y en los instrumentos internacionales serán de directa e inmediata aplicación, así como consta en el artículo 11. 3:

Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte.

Para el ejercicio de los derechos y las garantías constitucionales no se exigirán condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la ley.

Los derechos serán plenamente justiciables. No podrá alegarse falta de norma jurídica para justificar su violación o desconocimiento, para desechar la acción por esos hechos ni para negar su reconocimiento.

A la vez que la finalidad de las garantías jurisdiccionales, según el artículo 6 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (2009), es “la protección eficaz e inmediata de los derechos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, la declaración de la violación de uno o varios derechos, así como la reparación integral de los daños causados por su violación”. El Estado tiene la obligación de prevenir, impedir violaciones a los derechos humanos y adoptar las medidas necesarias para garantizar, respetar y proteger los derechos individuales y colectivos.

Tanto las empresas mineras como el Estado están obligados a respetar el derecho a la libre determinación de las comunidades e individuos, quienes, mediante el derecho a la consulta previa, otorgan el consentimiento o no para el uso y aprovechamiento de los minerales que existen en sus territorios.

Es importante resaltar que el derecho a la tierra y al territorio es fundamental para garantizar la vida, continuidad y sentido de los pueblos y comunidades. Al proteger estos derechos, también se están garantizando los derechos de la naturaleza, el derecho al agua, el derecho a la alimentación y el derecho a un ambiente sano, para una vida libre de contaminación y en armonía con la naturaleza[4].

Asimismo, la Constitución de la República del Ecuador reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos; por ello, cualquier individuo puede demandar estos derechos al Estado en atención a un beneficio común, puesto que la naturaleza es el hábitat de la especie humana. En este sentido, la Constitución también garantiza y protege el derecho al agua, a la alimentación y a un ambiente sano, para una vida equilibrada con el medio ambiente, promoviendo a su vez la soberanía alimentaria[5].

De esta forma, al igual que el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, la libertad de opinión y de expresión, junto con el derecho a la libertad de reunión y de asociación, se entiende el derecho a la resistencia como un derecho fundamental que genera obligaciones para el Estado. “Entonces el derecho a la resistencia se convierte en una garantía más de la Constitución, una garantía de los derechos humanos consagrados, así como de la posibilidad de participación de las personas y colectivos excluidos de los órganos de decisión políticos” (Cordero, 2013, p. 36).

En consecuencia, el derecho a la resistencia se ejerce en situaciones de alienación, omisiones inconstitucionales y antidemocráticas del derecho, de autoridades o del Estado. “La resistencia parte de dos condiciones fundamentales: (i) que se haya vulnerado o se pueda vulnerar un derecho fundamental; y, (ii) que no exista una respuesta del Estado para tutelar ese derecho” (Cordero, 2013, p. 37).

En ese contexto, la Constitución, en el artículo 98, señala: “los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos”, enfatizando en el artículo 416.8, que: “condena toda forma de imperialismo, colonialismo y neocolonialismo, y reconoce el derecho de los pueblos a la resistencia y liberación de toda forma de opresión”.

El derecho a la resistencia, de la forma en que está formulado en la Constitución ecuatoriana, implica un derecho subjetivo a resistir al Derecho, entendiéndose este Derecho como toda decisión de la autoridad competente, norma jurídica escrita o norma jurídica de carácter particular, como una sentencia.

Sin embargo, no es un derecho absoluto. Como todos los demás derechos constitucionales coexisten en un plano en el que gozan de igual jerarquía y cuyas esferas colisionan frecuentemente cuando se aplican en casos concretos. Cada vez que aparece una colisión de derechos al menos uno deberá ceder y, por tanto, será limitado. Así, el límite del derecho a la resistencia son los demás derechos fundamentales.

En base a este derecho subjetivo, como ya se mencionó, sus titulares estarían en la posición jurídica que exigirle al Estado la abstención del uso de su potestad del uso de la fuerza para hacer cumplir el Derecho. Dos consecuencias jurídicas de que los derechos fundamentales sean derechos subjetivos es la facultad de las personas de exigir su cumplimiento, sin embargo, la forma y los momentos de exigir el cumplimiento de los derechos difieren entre uno y otro. Mientras algunos derechos se exigen a los órganos judiciales por las violaciones cometidas por las autoridades no judiciales, otros son intrínsecos a la labor de la judicatura. Estos últimos son imperativos sobre la forma en que la función judicial debe realizar su labor y la violación de los mismos implica el control de la labor judicial por parte de otros jueces.

Respecto al primer tipo de actividad de la función judicial, implicaría que las personas podrían presentar acciones para pedir la tutela del derecho a la resistencia, es decir de forma autónoma y no como parte de un proceso en el que se está discutiendo el derecho que las personas defienden mediante los actos de resistencia (Cordero, 2013, pp. 51- 52).

Por lo tanto, el derecho a la resistencia es un derecho humano, no absoluto, con límite en los demás derechos, pero de igual jerarquía constitucional que por disposición del artículo 11 de la Constitución de la República del Ecuador se deberá ejercer de acuerdo con ciertos principios: la directa e inmediata aplicación del derecho; es decir que no se exijan condiciones o requisitos para su ejercicio además de los establecidos en la Constitución o la Ley. Además, es un derecho plenamente justiciable, cuyo cumplimiento se debe garantizar por parte de todas las autoridades del Estado.

Según este mismo artículo, es un derecho que incluye el principio de dignidad humana, por su fundamento como derecho humano; y, está el principio de autodeterminación, que da cuenta del derecho que tienen las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas de que se respete su derecho al territorio y de mantener su cultura.

Aunque para evaluar la proporcionalidad de los actos de resistencia, es necesario tomar en cuenta los subprincipios: idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto (Cordero, 2013, pp. 53- 54)[6], el contenido del derecho a la resistencia no puede ser restringido por ninguna norma jurídica, y la interpretación que se dé al mismo se la hará de la forma más favorable sin que se establezcan límites que impidan su mal ejercicio.

Es por eso que el derecho a la resistencia ha sido históricamente el más poderoso y, al mismo tiempo, el más temido de los derechos por parte de quienes ostentan los poderes del Estado. La resistencia social confronta la ilusión de la obligatoriedad de la Ley y recuerda a los grupos de poder que sus privilegios se sostienen en una ficción (el Derecho) y en una realidad (el poder) que es puesta en tela de juicio cada vez que la sociedad desafía a la autoridad. La posibilidad de la resistencia no solo significa que eventualmente, mediante el uso de la resistencia social, se pueda cambiar las decisiones que van en contra de los derechos de las personas, sino que a la vez mina la autoridad de los gobernantes y las instituciones lo cual conlleva la disminución del poder de control social que las élites. Es entonces connatural que ante la posibilidad del ejercicio de la resistencia los Estados pretendan reprimirlo de la forma más agresiva posible. (David Cordero, 2013, pp. 57- 58).

El derecho a la resistencia está relacionado con el derecho a la libertad de opinión, de expresión, con el derecho a la reunión y asociación. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en los artículos 19 y 20, garantiza que los derechos humanos deben ser protegidos por un régimen de Derecho, donde el recurso de la rebelión se utilice para luchar contra la tiranía y la opresión. También, la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 66, numerales 6 y 13, reconoce y garantiza el derecho a opinar y a manifestarse con libertad.

Por lo tanto, las expresiones asociadas a la resistencia, como la protesta social, son un mecanismo para desobedecer en situaciones de opresión, pero el llamado tiende a comprender el sistema de poder en su integralidad, resistiendo al derecho, pero en el respeto mutuo. La protesta social es considerada el primer derecho, y se la define como una “manifestación o declaración pública, de carácter colectivo y, en principio, no violento, que expresa, mediante una serie de actos conducentes a ello, una disconformidad respecto de las leyes o actuaciones estatales, o que propone un cambio en varios aspectos de la institucionalidad vigente, pero conservando un respeto general al ordenamiento jurídico” (Soto, s.f., p. 6).

En el caso que nos ocupa, la entrega de territorios para el extractivismo y el proceso de explotación minera hace que comunidades indígenas, campesinas y montubias ejerzan su legítimo derecho a la resistencia. Se trata de la apropiación en derecho y de hecho de los bienes comunes, para su dominio, explotación y mercantilización, desde una política funcional a la reproducción y acumulación del capital a escala local y global. Es decir, que son procesos de apropiación del espacio y territorio de las comunidades, que actúan en otra lógica, que no tiene relación con la mercantilización de la naturaleza, sino más bien con la autodeterminación, y con relaciones de interculturalidad entre sus espacios territoriales de comunidades y pueblos.

La resistencia por los bienes comunes y la defensa de los derechos humanos y colectivos está fundamentada en las visiones de naturaleza y territorio, propios y característicos de las comunidades y pueblos. Las que apuntan al reconocimiento de las particularidades étnicas, culturales e identitarias que, con la autodeterminación de su territorio, son la base fundamental para la reproducción de sus particularidades organizativas y políticas. Lo anterior se transforma en tierra fértil para que —dado el caso— se conviertan en formas de resistencia en defensa de sus territorios; así como de una determinada concepción de vida, y de un ejercicio colectivo de los derechos humanos.

 

2. Comunidades organizadas ante los conflictos socioambientales: amenazas, impactos y violaciones a los derechos humanos. El caso del proyecto minero Curipamba Sur

La provincia de Bolívar fue creada el 15 de abril de 1884, durante el gobierno de José María Plácido Caamaño. Tiene una superficie de 3944,86 km2, su capital es Guaranda y se divide en siete cantones: Chillanes, Chimbo, San Miguel, Guaranda, Caluma, Las Naves y Echeandía. A su vez limita al norte con las provincias de Cotopaxi, al sur con Guayas y Chimborazo, al este con Tungurahua y Chimborazo y al oeste con Los Ríos.

Debido a que está localizada hacia las faldas exteriores de la Cordillera Occidental de los Andes, en las regiones Litoral e Interandina, posee una gran variedad de climas y microclimas: tropical, tropical húmedo, subtropical, templado seco, templado húmedo, frío seco, frío húmedo y glacial en los nevados. Además, tiene una producción de agua que alimenta en más de 45 % a la cuenca del río Guayas. La provincia de Bolívar cuenta con zonas aptas para la agricultura y ganadería propias tanto de la Sierra como de la Costa. Es productora de cereales y hortalizas, en las zonas altas; en la zona subtropical, frutas, plátano, yuca, banano, naranjilla, café, caña de azúcar, naranja y cacao. En la producción ganadera, está el ganado ovino, vacuno, porcino y avícola; y, en la reserva del páramo existen llamas, alpacas y vicuñas. (GAD – Bolívar / PDyOT, s.f., pp. 5- 7).

Sin embargo, al ser la provincia de Bolívar un territorio de reservas minerales, según lo demuestran los estudios realizados en los años 70 y el número de concesiones que están inscritas, en trámite o que ya han sido entregadas, es considerada un potencial minero y por ende un objetivo de explotación minera (Minergia, 2016, p.32).

Por ejemplo, hasta diciembre de 2016, en Bolívar, según datos proporcionados por la Agencia de Regulación y Control Minero - ARCOM, existían 38 concesiones en minería de tipo metálico, de oro, cobre, hierro y plata, con una superficie de 149 840,48 hectáreas y en los regímenes general, gran minería, mediana minería y pequeña minería; distribuidas entre los cantones de Guaranda, Echeandía, Las Naves, Caluma, San Miguel, Chillanes y Chimbo; y, 50 concesiones en trámite e inscritas en minería artesanal, de oro, plata y cobre, en los cantones Chillanes y San Miguel, con una superficie de 206 hectáreas. Estos datos se mantienen hasta diciembre de 2020.

Desde el año 2006 los conflictos socioambientales se dan por la presencia de la empresa subsidiaria Curimining S.A. a cargo del proyecto Curipamba Sur, que según datos proporcionados por la entonces Agencia de Regulación y Control Minero - ARCOM (2016), tiene 5 concesiones que suman 14.812,48 hectáreas, distribuidas entre los cantones Las Naves, Echeandía y Guaranda, y que últimamente han anunciado el inicio de las actividades para la construcción de la mina, en la comunidad Naves Chico, cantón Las Naves. Se prevé que este proyecto tenga una explotación de oro y plata por 23 años, con la opción de renovación de la concesión por 25 años más.

También es preocupante la presencia de la empresa china Yankuang que tiene a su cargo los proyectos Telimbela[7], ubicado en el cantón Chimbo, con una concesión de 4.033 hectáreas para explotar cobre y molibdeno; y, El Torneado[8], ubicado en los cantones Guaranda, Caluma y Chimbo, con una concesión de 17.878 hectáreas para explotar cobre y molibdeno.

 

Extractivismo vs Derechos: la sobre explotación de la naturaleza

El extractivismo forma parte de un modelo de desarrollo basado en la economía primaria, que fomenta la acumulación del capital por desposesión de los territorios, y en el que se desarrollan actividades de extracción (Roa y Navas, 2014, p. 19)[9]. Debido a la apropiación de grandes cantidades de recursos naturales, se exportan sin un proceso industrial cotizados con los criterios del mercado internacional.

Es decir, el control político de los territorios implica que la mayoría de los ingresos económicos de los países de la periferia provengan del sector extractivo, expandiendo y profundizando una economía basada en la sobreexplotación de la naturaleza, junto con la subsecuente pérdida de territorios de las comunidades recibiendo a su vez los impactos colaterales del desarrollo.

El capital modifica las condiciones medioambientales de su propia reproducción, pero lo hace en un contexto de consecuencias involuntarias (como el cambio climático) y con el trasfondo de fuerzas evolutivas autónomas e independientes que andan perpetuamente reconfigurando las condiciones ambientales (Harvey, 2020, p. 82). Según Maristella Svampa, el extractivismo es parte de sucesivos ciclos económicos que dependen de las demandas del mercado mundial, así como de los procesos de consolidación de los Estados nación a mediados del siglo XX, los cuales permitieron un determinado control de la renta extraordinaria, tanto de la minería como del petróleo, para finalmente estar asociado al despojo a gran escala de los bienes naturales (2019, pp. 17 y 18).

Eduardo Gudynas define al extractivismo como un caso particular de extracción de recursos naturales, caracterizado por extraerlos en grandes volúmenes o bajo procedimientos de alta intensidad, que están orientados esencialmente a la exportación (50% o más del volumen apropiado) como materias primas o con un procesamiento mínimo (también identificados como commodities). Por lo tanto, son también actividades extractivistas la agricultura intensiva de monocultivos (como la soja o algunos cultivos para biocombustibles), la explotación de camaroneras, la minería, el petróleo, etc. (2014, p. 27).

Es decir, que el extractivismo es exacerbado por un orden colonial del poder, y se manifiesta en la dependencia de los países con el exterior, en aspectos como el forestal, la construcción de las políticas y la reglamentación de las leyes; ámbitos en los que priman los intereses de empresas extranjeras. Los países que asumen el retorno a la economía primaria obtienen la mayor parte de sus ingresos económicos del sector extractivo. Pero esta forma de economía, su expansión y profundización, se enfrenta a las comunidades campesinas, negras e indígenas territorializadas en los lugares en los que actúa, donde se da la explotación, y que por tanto reciben los impactos del desarrollo (Roa y otros, 2014, pp. 19 y 20).

Paralelamente, esta situación genera impactos sociales y económicos que provocan la división de las comunidades, destrucción de la naturaleza, destrucción de las formas campesinas y comunitarias de producción, violencia intrafamiliar, violación de los derechos humanos, inseguridad, desalojos, por citar algunos de los efectos adyacentes. En consecuencia, se observa un elevado conflicto socioambiental que tiene una respuesta violenta por parte de las transnacionales y el Estado, con represión y judicialización que criminalizan la protesta social contra las actividades extractivas.

En definitiva, se trata de un modelo económico articulado a las demandas del capital internacional, para ello se han generado leyes y programas encaminados a garantizar relaciones mercantiles, que no impidan el avance del capitalismo, al transformar a las personas en sujetos económicos y al marco jurídico nacional en el ente de control que garantice la atracción de capitales extranjeros.

El avance del extractivismo en Ecuador causa conflictos socioambientales, militarización y violaciones a los derechos humanos, una evidencia son las Resoluciones de Amnistía que se dieron entre marzo y agosto de 2008 por la Asamblea Nacional, que benefició a unos 357 defensores y defensoras de derechos humanos criminalizados por sus acciones de protesta y resistencia, en defensa de las comunidades y de un medio ambiente sano, frente a proyectos de explotación de los recursos naturales (CIDH, 2011).

Por citar un ejemplo, durante la Marcha por la Vida y la Dignidad de los Pueblos que partió el 2 de agosto de 2015 desde la parroquia Tundayme, provincia de Zamora Chinchipe, en contra de la Ley de Recursos Hídricos, Ley de Hidrocarburos, Ley de Educación, Ley de Comunicación y la Ley de Minería; entre otras, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador – CONAIE informó de 131 personas detenidas, 30 en Pichincha, 30 en Loja, 30 en Pastaza, 12 en Morona Santiago, 11 en Cañar, 10 en Cotopaxi, 5 en Imbabura y 3 en Azuay; además fueron heridos 98 policías y militares, 30 en Pichincha, 14 en Azuay, 12 en Cotopaxi, 10 en Cañar, 9 en Pastaza, 7 en Loja, 6 en Morona Santiago, 1 en Cayambe, y 1 en Manabí  (El Comercio, 2015).

Aunque días después las cifras variaron, según el Informe Preliminar sobre las estrategias estatales de control social y represión en el marco del Paro Nacional en Ecuador, del 13 al 23 de agosto de 2015 se registraron 229 casos de agresiones, detenciones, intentos de detención, y allanamientos en todos los territorios donde se realizaron movilizaciones y protestas (Colectivo de Investigación y Acción Psicosocial Ecuador, 2015).

Es a partir del gobierno de Rafael Correa (2007 - 2017), que la mega minería se convierte en un sector estratégico de la economía, ubicando al territorio ecuatoriano en un plan de explotación minera a gran escala. En su gobierno la resistencia al programa extractivo tuvo una respuesta violenta, en especial entre septiembre de 2014 y agosto de 2015, con procesos legales bajo acusaciones de sabotaje y terrorismo, paralización de servicios públicos y ataque o resistencia a la autoridad, hechos tipificados como delitos en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), con penas que van desde los 6 meses hasta los 12 años de prisión.

Según registros del Catastro Minero (2020), casi el 8% del territorio del país está concesionado para la minería metálica, con una superficie de 1'400.795,05 hectáreas, únicamente en los regímenes de gran y mediana minería, y bajo las formas de explotación a cielo abierto y subterráneo. De tal manera que, según este mismo Catastro, para el año 2021 suman 1.526 concesiones de minería metálica, entre inscritas y en trámite, en todos los regímenes, correspondientes a 2'126.465,90 hectáreas del territorio nacional. Se busca explotar oro, plata, hierro, molibdeno, plomo y cobre. Entre los megaproyectos que se encuentran en exploración avanzada están Loma Larga y San Carlos Panantza, mientras que, en el año 2019, los proyectos Mirador y Fruta del Norte empezaron la fase de explotación. Y a medida que avanzan existen familias que se resisten a dejar sus tierras, se prevé nuevas demandas de servidumbres y nuevos desalojos.

El informe Vulneración a Derechos Humanos y de la Naturaleza en la Cordillera del Cóndor-Ecuador (2017, p. 34), elaborado por la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), en el caso del proyecto Mirador, muestra que la aplicación de servidumbres mineras derivó en el desalojo violento de 32 familias (26 de la parroquia Tundayme y 6 de la parroquia El Güismi), las mismas que no habían accedido a la venta de sus tierras. Estos desalojos ocurridos con intervención de la Policía Nacional y empleados de la empresa minera Ecuacorriente - ECSA, en septiembre y diciembre 2015 y febrero 2016, fueron ejecutados de forma violenta y afectaron a personas de la tercera edad, mujeres y niños/as. La explotación minera vulnera los derechos a la propiedad colectiva, a la consulta previa y a la autodeterminación de los pueblos.

A partir de la intervención minera a gran escala iniciada en la Cordillera del Cóndor en el año 2000, las empresas ingresaron con concesiones, permisos, autorizaciones y licencias otorgadas por el Estado, habrían accedido a tierras de su interés mediante la compra-venta (en muchos casos con formas irregulares y fraudulentas); así como mediante la interposición de demandas de servidumbres mineras o de acciones judiciales de dominio de tierras, lo cual derivó en desalojos violentos, contraviniendo principios constitucionales y la normativa internacional que protegen el derecho al no desplazamiento.

Los guardias nos decían que nosotros hemos venido a hacer casas porque nosotros hemos querido, que eso es de la empresa, siempre ha sido de la empresa, ustedes de metidos han venido a hacer casas. Cuando nosotros tenemos las escrituras de eso. Les decíamos, ahora a dónde nos van a ir a meter, no tenemos dónde ir a vivir. De ahí nos dijeron que abajo en Gualaquiza hay casas, que la compañía nos va a dar. Ya cuando nos subimos a la volqueta, en el camino nos dicen, ahora a dónde quieren que les vayamos a dejar las cosas, porque nosotros somos mandados de la compañía y no sabemos dónde irán ustedes a dejar sus cosas. Ya subidos con las cosas, a dónde vamos a ir, entonces dije vamos que me dejen a donde vive mi mami, a donde más voy a ir, lo poco que logramos recoger, ahí vinieron a dejarnos votando las cosas (…). Me acuerdo de que ahí rompieron nuestras cosas, ya no nos devolvieron. Por eso nosotros hicimos la demanda para que nos devuelvan lo que ahí nos rompieron, las camas, se llevaron de mi hermana un televisor y después le vivieron a dejar, pero rota la pantalla, pero ya no valía y eso quién nos responde a nosotros. También ahí se quedaron los cuyes, las gallinas que no se dejaron coger, se quedaron ahí en el monte, de ahí nosotros queríamos ir allá a traer los animales, pero no podíamos entrar todito estaba cercado, ahí pasaba un guardia. (Testimonio 1, 2018).

También en el caso de las mujeres existen impactos más fuertes y diferenciados. La extracción minera vulnera los derechos de las mujeres rurales, especialmente de campesinas, indígenas y afrodescendientes. La minería contribuye a la feminización de la pobreza a través de violencia económica, también afecta a la salud y al derecho a la alimentación, a lo que se suma el despojo de tierras junto con el desplazamiento forzado y los reasentamientos involuntarios. En las zonas de explotación se incrementan los casos de violencia sexual, emocional y física. Y debido a la violencia política, las mujeres son excluidas de los procesos organizativos por medio de amenazas, desaparición forzada y asesinatos.

De lo que yo he podido conversar con algunas compañeras, primeramente, ellas están intimidadas, por ejemplo, la noche ya no pueden andar solas, porque hay gente que ha venido de otros lugares, especialmente en la noche van a los bares, van al prostíbulo. (…) El otro asunto que también se da acá es las agresiones entre parejas, por celos, unos se han separado como consecuencia de la incomprensión que se ha dado luego del desalojo, de haberse quedado sin casa, de decir a dónde vamos, cómo vivimos, esa necesidad se ha convertido en una forma de tropiezo para las familias que no lo han podido superar, porque no ha habido una respuesta por parte del Estado, al fin han terminado separándose por eso. (Testimonio 2, 2018).

Mi mami iba a visitarnos arriba, en la casa de nosotros y ese guardia le sabía ir llevando en el carro, el Negro S. Ahí ella nos contaba que él la ha llevado en el carro, dizque le dice deme su número de celular, mueva, deme su número, deme su número. Y mi mami tanto que le insiste le ha dado el número, pero ella le ha dado un número mal, asimismo para que ya no insista. Otra vez dizque le encuentra y le dice por qué me dio el número mal, imagínese de qué se pierde, le puedo ayudar, le puedo dar comida, darle cada vez una ayudita, así dizque dice. Mi mami ha dicho ni que yo no tuviera manos para trabajar, ni que no tuviera donde irme a arrimar para estar haciéndole caso a usted. Es que mi mami también es sola, ella se separó de mi papá, entonces ellos abusan de eso, viendo que mi mami está sola y empiezan a estarle acosando. (Testimonio 1, 2018).

De este modo se violentan los derechos humanos y de la naturaleza y, en consecuencia, las comunidades están resistiendo ante acciones y omisiones inconstitucionales y antidemocráticas del derecho, de autoridades y del mismo Estado. Se toma a la protesta social como un mecanismo de resistencia para incidir en el Estado haciendo visible sus propuestas, desacuerdos o reivindicaciones a través de tomas simbólicas de lugares claves, realización de paros nacionales, etc., en ejercicio del derecho a la resistencia (Rodríguez, Relli y, Appella, 2008, p. 42). Este es un derecho que genera obligaciones para el Estado, y su reconocimiento hace que éste garantice los actos de resistencia por ser un derecho-garantía cuya aplicación requiere de la violación o la amenaza a un derecho fundamental; y, que el Estado, mediante sus instituciones no dé respuestas efectivas ante este hecho.

 

El caso del proyecto minero Curipamba Sur

La apropiación de la naturaleza, su dominio, explotación y mercantilización que la hacen funcional a la reproducción y acumulación de capital a nivel local y global, es parte de los procesos del extractivismo, con la ocupación del espacio y territorio de las comunidades, que a la vez actúan en una lógica no mercantilista de la naturaleza, de autodeterminación en cuanto derecho colectivo, y con relaciones de interculturalidad entre sus espacios territoriales y el de los demás.

En Bolívar, el valor que atribuyen a la naturaleza, al agua y agricultura, a sus sistemas de vida en general, junto con la necesidad de evitar impactos y amenazas por las actividades mineras en sus territorios, es lo que ha motivado a las comunidades indígenas, campesinas y montubias a organizarse realizando diversas acciones de resistencia que han trascendido de sus territorios tanto a escala local como nacional.

Nosotros nacimos de la Pachamama, nos debemos a la Pachamama y nosotros no queremos la minería, como le vuelvo a decir, porque nuestro sector, nuestras tierras, nuestra zona es altamente productiva. Como usted podrá constatar, tenemos el plátano, tenemos el cacao, tenemos la naranja, tenemos la yuca, tenemos el orito, tenemos la carne, leche, queso y hasta el traguito para disfrutar de nuestras fiestas. Entonces al tener todo y que eso nos ha sostenido, nuestros padres han venido de tiempos atrás, nuestros ancestros nos han sostenido a nosotros, nos han dado la educación, nos han dado la alimentación, nos han dado el porvenir, nos han dado nuestras tierras y hemos vivido de qué: de la agricultura. No hemos vivido de la minería, nosotros no somos producto de la minería, no somos resultado de la minería, somos producto y resultado de la agricultura y nos basamos en esa lógica. (Testimonio 9, 2016).

El movimiento antiminero de Bolívar tiene sus antecedentes en la comuna Matiaví Salinas, cantón Guaranda. En 1992, la empresa inglesa Río Tinto Zic (RTZ), se encontraba en su territorio para hacer explotación minera. Las comunidades se organizaron para hacerle frente, a pesar de que la compañía había establecido alianzas con autoridades e instituciones representativas del sector, entre ellas, la Fundación de Organizaciones Campesinas de Salinas - FUNORSAL, el Cabildo y la Tenencia Política de la parroquia Salinas. Con la ayuda de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador - CONAIE, Ecuador Runacunapac Riccharimui – ECUARUNARI y la Federación de Organizaciones Campesinas e Indígenas de Bolívar - FECAB BRUNARI, el 5 de junio de 1993 lograron que la empresa se retirara de la zona.

Posteriormente, en el año 2006, la empresa Curimining S.A. a cargo del proyecto Curipamba Sur, llegó al recinto El Congreso, en el cantón Echeandía, para realizar trabajos de exploración inicial. La empresa ofreció apoyo económico para realizar obras en las comunidades, y así captar el apoyo en favor del proyecto minero. A ello se sumaron otros programas de intervención que fueron aplicados de acuerdo con estudios sobre las necesidades de la población local.

Ellos entraron como si estuvieran recogiendo unas tierritas, por los ríos, por allá. Entonces ahí, después, ya vinieron los de la empresa minera. A los señores de El Congreso sí les habían dicho que son una empresa minera, que va a haber utilidades; aquí, vamos a mejorar el carretero, vamos a lastrar el carretero, van a tener todo de maravilla. Entonces, unos conscientes, otros no conscientes, se unieron a la compañía minera. [...] Llegaban a cada recinto, ofrecían unas 10 hojas de zinc, ofrecían unas fundas de cemento, así. Y en El Congreso hacían fiestas, pelaban ganado, chanchos, para que los de El Congreso les apoyen frente a los otros que no les gustaba la minería. (Entrevista 5, 2016).

Las comunidades se organizaron y exigieron la salida de la empresa. El Cabildo, en representación de la comuna Matiaví Salinas, el Comité de Gestión por la Defensa de la Vida y Soberanía y la Federación de Organizaciones Campesinas e Indígenas de Bolívar - FECAB BRUNARI, con el apoyo de Acción Ecológica y la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador - CONAIE, realizaron dos movilizaciones rumbo al campamento de la compañía minera, localizado en el recinto El Congreso, la primera acción fue en marzo de 2007, y la segunda el 4 de octubre del mismo año.

Entonces es la preocupación mía y de muchas gentes, nos levantamos. Largo de más de 2 mil personas a mandar sacando a estos señores. A mí me pusieron como cuatro o cinco juicios acusando de terrorismo, ladrón, mafioso, de tantas cosas. Había guardias de la compañía minera andando por ahí, se burlaban de uno. Cuando no entramos [marzo de 2007] decían: no pudieron entrar, tantas cosas. A mí, me avisaron que decían que me iban a matar, que me iban a disparar, que ahí se ha de acabar, matándole a tal fulano, entonces yo no tenía miedo. Entonces siete meses de trabajo, socializando con la gente, con la gente que no deja entrar a los mineros. [...] pero no creían, por eso yo me fui, después de que no pudimos entrar [marzo de 2007], yo me fui a esos países [Chile, Perú y Bolivia] a ver la realidad. Traje videos, algunas cosas de evidencias. Yo, a dónde no me iba, al recinto, les ponía el video y explicaba cómo se contamina el medio ambiente, el agua, todo; entonces, así la gente iba creyendo todo (Entrevista 5, 2016).

El conflicto se prolongó hasta el 8 de octubre de 2007, fecha en que la empresa Curimining S. A. debió retirarse del lugar en que realizaba sus actividades extractivas. Sumado a ello, en 2008 sus concesiones fueron revisadas y sus actividades de exploración suspendidas debido a la vigencia del Mandato Minero. En respuesta, la empresa minera y personas vinculadas a ella denunciaron a más de 30 personas. En consecuencia, fue necesario que el caso fuera denunciado como criminalización de la protesta social, para que las personas denunciadas recibieran, en 2008, la Amnistía por la Asamblea Nacional.

Sin embargo, en 2010, la empresa Curimining S. A. retomó sus actividades, esta vez en el cantón Las Naves, en la comunidad Naves Chico. En este campamento se realizaron dos movilizaciones, una el 26 de junio de 2010 y la otra el 1 de octubre de ese mismo año. El proceso de resistencia fue apoyado nuevamente por la comuna Matiaví Salinas, el Comité de Gestión por la Defensa de la Vida y Soberanía, la FECAB BRUNARI, Acción Ecológica y la CONAIE. Más de 30 personas fueron denunciadas y otras siete, detenidas.

Me tenían fichado, los mineros dicen a esta persona hay que cogerle o desaparecerle. Me capturaron en Naves Chico, cuando fue la toma del campamento. Pedíamos que haga el favor de retirar la empresa. Hicimos dos tomas al campamento. La segunda después de un año. En la primera toma se retiraron y la otra vez la empresa había logrado sacar los papeles, el permiso de exploración y ya no pudimos sacarla. Se vino la represión. [...] a las seis de la mañana nos rodearon los policías, unos 300. Nos atacaron y cogieron presos, ya sabían quiénes éramos. Donde nosotros había estado un infiltrado que pasaba toda la información. Nos cogieron y nos llevaron a Guaranda. En Naves Chico nos maltrataron, pegaron, insultaron y dijeron que para qué vienen, que la minería es buena. La gente fue reprimida, dejaron abandonando todo el campamento de la resistencia. Detuvieron a siete personas, cuatro hombres y tres mujeres. Según seguían deteniendo, seguían sacando, no en patrulleros, sino en carros particulares, esos carros eran de los mineros, tenían listo todo. Nos llevaron a la cárcel de Guaranda, pero antes nos hicieron un examen médico pedido por nuestro abogado. Amanecimos ahí pero bien acordonada la cárcel por la Policía, porque tenían miedo de que se levante la gente. Mucha gente nos acompañó a la cárcel. Nos sacaron esposados en un bus de la Policía a las cuatro de la mañana para ir a la audiencia en Echeandía. Cuando recién nos detuvieron pararon por Las Naves, por la oficina de la minera, me tuvieron ahí como una hora, solo a mí. Me tomaron fotos, me dijeron que vas a aguantar cárcel, que estás jodido, para que te metes, cuántas cosas así con las amenazas de ellos. Me amenazaron así los mineros y la misma Policía también (Testimonio 8, 2016).

Los dirigentes de las protestas, incluida la de 2007, han enfrentado juicios por terrorismo, plagio, robo, asociación ilícita; además de amenazas de muerte, intentos de cooptación y de división de la organización. Algunos de ellos recibieron la amnistía en el 2008. Otros, incluso hasta dos amnistías, ya que fueron acusados por dos y hasta tres delitos. Asimismo, varias de las personas beneficiadas por la amnistía también fueron denunciadas en 2010, ya que participaron en tomas del campamento en el recinto Naves Chico. Existen casos de juicios donde se dictó auto de sobreseimiento provisional, es decir que la investigación se detuvo temporalmente y puede reabrirse en cualquier momento.

Como le digo, a mí me sacaron de robo, de asaltante, de terrorismo, todo me sacaron a mí; pero como yo no era nada sino un defensor de la naturaleza. La compañía minera, a mí me acusó la compañía minera, pero ellos no me enjuiciaron sino otros, los trabajadores, pero ellos defendían. La compañía minera hacía que enjuicien, con los mismos trabajadores me enjuiciaban a mí, ahí me acusó una señora a mí. Como ellos trabajan en la empresa decían que ellos acusan por plagio, todo. Era tremendamente capaz de ya rendirse, no sabiendo bien las cosas, de no volver más, pero como uno no se temía nada. Yo me demoré unos ocho meses, tuve que contestar a todas las acusaciones, había audiencias, iba a las audiencias, se formaron estrategias para que declinen ellos el juicio, esas estrategias no le puedo decir ahora como eran. Era ya solamente interno, entonces ahí era ya a cambio de esto, esto, se utilizó eso. Y nada, se limpió todo, como no estábamos haciendo nada (Entrevista 5, 2016).

En la actualidad, la empresa continúa en la comunidad Naves Chico, cantón Las Naves, en el que se registran conflictos permanentes con las comunidades que se oponen a la minería. Varios dueños de fincas denuncian acoso, presencia policial, intimidación y presión constante para que permitan las perforaciones en sus propiedades. A su vez, se observa el enfrentamiento con familias y vecinos en cuyas tierras la empresa realiza exploración. Otros temen que la empresa siga avanzando a más comunidades y que se produzca la explotación de las minas.

Mi hermano vino acá, él anda con los mineros, trabajando y anda cogiendo a la gente para que trabajen ahí, ahora está bravo diciendo que no dábamos paso, que den no más paso, y ahora viene tres veces a tratar mal. Diciendo que vienen militares, ahí los militares vienen, que si vienen vengan yo no tengo miedo, que vengan. Los militares no han de pagar nada, dijo. Cojan la plata, hagan plata para que coman, ya trató mal. Vino solo. Dijo que nos va a mandar sacando, que se van a apropiar de la finca, por eso dije yo sin tener miedo. Él había venido a decir, había dicho la empresa está avanzando, a hacer tener miedo y a exigir dar paso eso más, pero yo dije solo que ya me mate (Testimonio 14, 2016).

A pesar de ello, continúan ejerciendo el derecho a la resistencia. Trabajan en el fortalecimiento de sus propuestas, estableciendo nexos con organizaciones a escala nacional, creando mecanismos de protección para sus territorios con programas de agricultura sustentable y el turismo ecológico, por ejemplo. Se han planteado educar a la población en temas de minería y derechos; así como la permanente vigilancia a la empresa minera, denunciando las violaciones de los derechos humanos y de la naturaleza.

Quieren dejar sentado que el ciudadano tenga miedo, no proteste, quieren imponer a la fuerza y cuando nuestra gente, nosotros, hemos cuidado que se controle, hemos cuidado que se mantenga ecológico, sano, para que siga siendo así para nuestros hijos, nietos. Pero las empresas por lucrar a toda costa quieren explotar y utilizan la fuerza para intimidar a la gente para que no proteste, incluso los juicios cuando hicieron esa protesta, esa resistencia en los campamentos a algunos compañeros. A un compañero, un policía le había dado un garrotazo por defenderse le han quebrado la mano, entonces eso hacen para que la gente tenga miedo. Pero acá la gente no estaba bien, ellos dijeron si era posible con la vida, con la vida van a defender y aquí para adelante si toca defender de esa manera lo harán (Entrevista 7, 2016).

Los conflictos por las concesiones de territorios para el extractivismo y todo el proceso de explotación de los recursos naturales han motivado acciones colectivas diversas en el país. Mientras que, desde el Estado y las empresas, se producen denuncias y amenazas a dirigentes, y a las bases de las organizaciones, junto con un discurso despectivo y excluyente dirigido a los actores de las protestas; entre otras formas de criminalización. Varios de los casos de criminalización, se procesan por la vía judicial.

En mayo de 2008, bajo pedido de las organizaciones sociales y de derechos humanos, la Asamblea Constituyente, concedió la amnistía a las personas que tenían causas pendientes con la justicia, o bien, habían sido condenados según el Código Penal vigente a la fecha, por acciones de resistencia y de protesta en defensa de sus comunidades y de la naturaleza, frente a proyectos de explotación de los recursos naturales; quienes fueron objeto de amenazas, intimidaciones, persecuciones, enjuiciamientos y otras acciones dirigidas a desmotivar su trabajo (Beristain, 2010, p.76).

Las resistencias del movimiento antiminero se han visibilizado sobre todo por los conflictos socioambientales, como consecuencia de los proyectos de minería metálica a gran escala. Este tipo de las movilizaciones en el país tienen vigencia desde los años 90, cuando se aprobó un marco jurídico e institucional favorable a la extracción minera, con la Ley de Minería (1991), y desde 2000, Ecuador ya era un país atractivo a las inversiones extranjeras en minería, por la reducción de impuestos a esta actividad y demás reformas.

Los proyectos y posterior aprobación de la Ley de Minería y Ley de Aguas, convocaron entre enero de 2009 y junio de 2010, a marchas en todo el país. Sin embargo, al menos 24 dirigentes enfrentaron cargos y procesos judiciales con acusaciones de terrorismo, sabotaje, obstrucción ilegal de vías y homicidio, por reclamar el derecho al consentimiento libre, previo e informado, sobre las leyes y políticas estatales que afectaban el territorio y vida de las comunidades, visibilizando la avanzada del extractivismo y mostrando su negativa a las normas en torno al uso y manejo del agua.

Amnistía Internacional, trabajando en estrecha colaboración con los abogados de la defensa y examinando la información disponible, ha podido establecer que los 24 dirigentes han enfrentado un total de 20 cargos de terrorismo, 10 cargos de sabotaje, cuatro cargos de obstrucción ilegal de vías y un cargo de homicidio. [...]. El hecho de que 24 dirigentes hayan enfrentado cargos cuestionables por su presunta participación en protestas en un período de 18 meses, de 2009 a 2010, pone de relieve un inquietante patrón de conducta. (Amnistía Internacional, 2012, pp. 4 y 30).

En 2009 y 2010, el fallo de las autoridades a consultar de forma adecuada con los pueblos indígenas y campesinos antes de aprobar la legislación sobre la minería y el derecho al agua desató una serie de protestas nacionales. Muchos de los que participaron activamente en esas protestas —y algunos que no lo hicieron— se enfrentaron posteriormente a cargos y procesos judiciales que parecían concebidos para impedir y castigar la protesta legítima y silenciar a quienes hacen campaña en favor de los derechos humanos de las comunidades indígenas y campesinas. Los dirigentes han sido blanco especial de ataques.

En las manifestaciones de rechazo a la política económica y social del gobierno de Rafael Correa, en especial entre septiembre de 2014 y agosto de 2015, también se realizaron detenciones con procesos legales bajo acusaciones de sabotaje y terrorismo, paralización de servicios públicos, ataque o resistencia a la autoridad, daño a bien ajeno, posesión de armas e incitación a la discordia[10]. En sí, las actividades de explotación minera y toda forma de extractivismo que sobreexplota la naturaleza, vulneran varios derechos humanos, donde el Estado y las empresas son responsables de estas violaciones.

Las personas y las comunidades quedan en indefensión frente a un sistema judicial que no garantiza el acceso a la justicia y la protección de los derechos. Los conflictos socioambientales producen procesos de criminalización y judicialización, que generan impactos tanto en la naturaleza como en los individuos y colectivos sociales, que a su vez desde el poder se tiende a invisibilizar y minimizar.

 

Consideraciones finales

La economía de extracción, que explota y mercantiliza la naturaleza y los bienes comunes, es funcional a la reproducción y acumulación de capital a escala local y global. Esta hace posible la ocupación del territorio y de las comunidades por parte de las transnacionales que se dedican al extractivismo, con el apoyo y protección de los Estados. Cuando se implementan políticas que despojan a los territorios, desplazan y desalojan a las poblaciones que los habitan. Además del sistema judicial que persigue, criminaliza y violenta los derechos humanos y de la naturaleza.

El modelo de acumulación capitalista trae consigo contradicciones sociales que se manifiestan en la lucha por el acceso a la naturaleza, entre las industrias extractivas y las comunidades. Es decir, que la apropiación de los bienes comunes produce conflictos socioambientales que cambian las dinámicas de vida de las comunidades, lo cual las obliga a resistir este tipo de proyectos en sus territorios. Las resistencias son luchas por el derecho a la permanencia en sus territorios, por la protección a sus medios de subsistencia y modos de vida tradicionales.

Las resistencias por los impactos y amenazas a los territorios de las comunidades indígenas, campesinas y montubias han generado procesos de criminalización desde el Estado y las empresas transnacionales. Las comunidades han sido desalojadas, existiendo desplazamientos forzados, asesinatos que dan en el marco de la resistencia, destrucción de la biodiversidad, que representan graves violaciones a los derechos humanos individuales y colectivos.

De esta forma, la criminalización de la protesta social se ha convertido en una herramienta para reprimir y sancionar a los individuos, comunidades y organizaciones de la sociedad civil que resisten y, por ende, se enfrentan a la estructura punitiva del Estado, que vulnera sus derechos convirtiéndolos en enemigos públicos del régimen, y en una amenaza para el desarrollo del país.

Desde 2006, la empresa Curimining S.A. aplica varias estrategias para obtener la aceptación de las comunidades; así, socializa el proyecto minero y legaliza sus concesiones, según lo exigen las normativas de minería y ambiental que rigen en el país. También genera donaciones para las comunidades con rubros para el deporte, cultura y fiestas, -en especial en el cantón Las Naves-, para talleres con familias, campañas de salud, proyectos de reforestación y mejoras del café, compra de tierras, para publicidad en radio; entre otras. Además, han realizado estudios del territorio y de la estructura social para identificar las necesidades insatisfechas de las poblaciones vulnerables y definir la intervención en las comunidades.

Primeramente, levantamos una información, una base de información, de datos en la zona de El Congreso, para saber incluso la cantidad de habitantes y por edades, incluso para saber la mortalidad de los niños y la cantidad de niños o mayores con capacidades especiales. […] Por ejemplo, nosotros hacíamos la entrega de caramelos, porque nosotros ya teníamos una base de datos para cuando sea Navidad, entregábamos a los niños que necesitaban en las escuelas. Entonces a nosotros eso nos sirvió, cómo le digo, para socializar el proyecto. - ¿Entonces, era una estrategia para socializar el proyecto? – Claro, claro, porque siempre nosotros teníamos que conocer a la gente. No podíamos decir: nosotros somos mineros y vamos a hacer esto y punto. Ustedes, se acabó y chao de aquí, permiso, permiso de aquí, voy a perforar. Entonces, de ley hay que tomar en cuenta a la gente. Entonces hacíamos reuniones, asambleas y traíamos brigadas, por ejemplo, traíamos a la brigada Vista para Todos de Quito, traíamos y hacíamos concentraciones en Echeandía y también en El Congreso, en El Barranco y aquí, en Las Naves; pero en orden, para que sean atendidos los que realmente necesitaban, lentes y todo eso, brigadas odontológicas. Y asimismo venían equipos de dermatólogos, un equipo completo. La gente se beneficiaba, era con el fin de apoyar realmente a la gente que no tiene para una consulta, no tiene para unos lentes (Entrevista 6, 2016).

Se trata de estrategias que generan dependencia y una lógica clientelar en las comunidades. La empresa ocupa el papel del Estado e incursiona en todos los aspectos de la vida de las comunidades. Su influencia va desde la intervención en la resolución de conflictos por violencia intrafamiliar hasta las facilidades que brindan para la atención médica en casos de emergencia. Estas estrategias están encaminadas a romper el tejido social de las comunidades, ocasionando división, confrontación y conflictos permanentes, por lo cual generan estereotipos antagónicos entre mineros y antimineros, con desacreditación y marginación entre sí.

En la zona, hay un clima de desconfianza e incertidumbre; entre otras cosas, por los rumores constantes en torno a la explotación minera y todo cuanto tiene que ver con la empresa, ya que esta ha cooptado a personas de la localidad para que trabajen en las relaciones comunitarias, en trabajos de campo o bien, presionando a las familias para que permitan la exploración minera en sus tierras.

Las estrategias de ellos son primero poner a las personas que están en contra, ponerles por ahí con otras personas a decir que ya están de acuerdo, incluso por acá ya han dicho que el señor de arriba ya ha dado permiso para explorar, ya hoy día ya dio dicen, así es la estrategia de ellos, para entrar dicen que ya el de al lado ya dio paso y así el dueño del otro terreno también ya va a dar, esas son las estrategias de ellos y así avanzan, y por ahí tanta mentira de ellos avanzan, poco a poco empiezan a conquistar, a veces la gente también por capricho dicen yo le doy y punto. Incluso a mí me han dicho que yo he pedido trabajo. Yo nunca he llegado a la oficina de ellos, eso es la estrategia de ellos. Incluso ahí se va desmotivando a la gente, a no pues si el dirigente está ya de acuerdo, si ya le están ofreciendo plata bueno, entonces eso es la estrategia de ellos, son astutos, mentir por ahí, por ahí hacer pelear, incluso en Jerusalén hacer pelear entre dirigentes. [...] con la presencia de ellos aquí ya no es lo mismo, ya no es lo mismo, si incluso a mí me dijeron que el Ingeniero, no recuerdo el apellido, me había amenazado, me ha dicho que no a él hay que matarle, así me contaron, matándole a él ahí se acaba todo, entonces como que ellos dicen matando al perro se acaba la rabia, entonces era de preguntarle a él para que me anda amenazando. Después vuelta dijeron que él había dicho que yo le estoy amenazando a él. (Testimonio 12, 2006).

Como se ha visto, el territorio de la provincia de Bolívar ha estado dedicado a la agricultura, a la ganadería y es una zona rica en agua y biodiversidad. Por lo tanto, es un ecosistema frágil que, al darse una explotación minera, existirían grandes daños ambientales, profundizando los conflictos socioambientales; también se pondrían en peligro los modos de vida, junto con la subsistencia, pasando a un sistema de vida dependiente de las empresas mineras y con conflictos constantes.

Así, el proyecto Telimbela, El Torneado y el proyecto Curipamba Sur serían los primeros en entrar en la etapa de explotación, por ende, las primeras experiencias mineras para las comunidades y las poblaciones de esta provincia. Prácticas que, como en el caso de este estudio, no han estado exentas de conflictos y de protestas sociales desde las primeras fases de cada proyecto.

La resistencia de las comunidades indígenas, campesinas y montubias de Bolívar es parte de una visión de territorio propio, un punto de vista que relaciona e integra en armonía a los individuos con la naturaleza y sus recursos, de pertenencia colectiva, de diálogo y de convivencia entre el área subtropical y la sierra de la provincia. Así como también de reconocerse parte de un territorio, donde están los bienes comunes como el agua, la tierra, las comunidades, y donde las personas que allí habitan se sienten parte de un todo.

Por lo tanto, es fundamental defender ese espacio, su territorio, comunidades, recursos naturales y sus formas de vida. Han logrado, luego de un largo proceso, concientizar a sus comunidades, fortalecer las organizaciones, generar una movilización en favor de un proyecto conjunto en rechazo al extractivismo. Ellos y ellas han establecido redes de apoyo vitales para la resistencia a los proyectos mineros en zonas clave de Bolívar, por su riqueza en biodiversidad, diversidad cultural e importancia patrimonial.

 

Bibliografía

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[1] Fecha de recepción: 14/10/2021. Fecha de aceptación: 26/05/2022.

Identificador persistente ARK: http://id.caicyt.gov.ar/ark:/s25250841/4c42tkzem

[2] Este artículo ha sido elaborado con información de la Tesis de Maestría “El ejercicio del derecho a la resistencia a los proyectos mineros en la Provincia Bolívar. Aportes para una discusión plural de sus formas. El caso del proyecto minero Curipamba Sur” (Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, 2017).

[3] Universidad Central del Ecuador

Quito, Ecuador

https://orcid.org/0000-0002-7410-5898

cecyborja-6@hotmail.com

[4] Organización de Naciones Unidas (ONU), Asamblea General, Declaración Universal de Derechos Humanos, 10 de diciembre de 1948, Resolución 217 A (III), art. 3, 5, 7, 8, 9, 10, 19 y 20.1; Organización Internacional del Trabajo (OIT), Convenio 169 sobre los Pueblos Indígenas y Tribales, 27 de junio de 1989, art. 13.1, 14, 15 y 16; Derecho al territorio: ONU, Asamblea General, Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, 13 de septiembre de 2007, art. 3, 4, 5 10, 26.1, 26. 2 y 34; Ecuador, Constitución, art. 57. 4, 57.5, 57.8 y 57.11. Derecho a la Consulta Previa: OIT, Convenio 169, art. 6.a y 15.2; ONU, Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, art. 19 y 32.2; Ecuador, Constitución, art. 57.7 y 57.16. Derechos de la Naturaleza: Ecuador, Constitución, art. 71, 72 y 73. Derechos del Buen Vivir: Ecuador, Constitución, art. 12,13 y 14. Derechos de Libertad: Ecuador, Constitución, art. 27.

[5] Ecuador, Constitución, Derechos de la Naturaleza: art.71, 72 y 73; Derecho a un Ambiente Sano: art. 14; Derechos de Libertad: art. 27; Derecho al Agua y Alimentación: art. 12 y 13.

[6] “La idoneidad debería ser tomada como el vínculo entre el derecho que se pretende proteger y la acción tomada; así, por ejemplo, el cierre de vías podría ser parte de una manifestación social, pero no así ataques a la integridad física de los transeúntes. Sobre la necesidad, de las acciones, se debería mirar desde la óptica desde la comunidad, es decir, no podría exigirse a las personas que antes de realizar acciones de hecho presenten un reclamo judicial, pero sí se podrían evaluar los contactos previos con las autoridades para presentar sus objeciones. Finalmente, respecto a la proporcionalidad en sentido estricto se tiene que analizar que el uso de los medios de hecho haya sido racional en el sentido que los manifestantes tienen la obligación de minimizar los daños que su protesta pueda provocar. Ahí donde se ha excedido la racionalidad cabría la acción sancionatoria del Estado, siempre y cuando esta se enmarque en los principios del derecho penal de acto y no como excusa para la criminalización de los defensores y defensoras de los derechos humanos” (Cordero, 2013, pp. 53- 54).

[7] “Telimbela, proyecto Enami EP, empresa Enami EP (en el año 2021 los derechos mineros pertenecen a la empresa china Yankuang), metales cobre y molibdeno. Superficie, 4033 hectáreas. Fase del proyecto, exploración avanzada. Vida del proyecto, 23 años. Inversión, USD 15 millones. Ubicación, provincia de Bolívar, cantón Chimbo”. (ENAMI, 2016, p. 7).

[8] “El Torneado, proyecto Enami EP, empresa Enami EP (en el año 2021 los derechos mineros pertenecen a la empresa china Yankuang), metales cobre y molibdeno. Superficie, 17.878 hectáreas. Fase del proyecto, exploración avanzada. Vida del proyecto, 25 a 30 años. Inversión, USD 18 millones. Ubicación, provincia de Bolívar, cantones Chimbo, Caluma y Guaranda”. (ENAMI, 2016, p. 7).

[9] El extractivismo se refiere a los medios para “extraer” de la naturaleza componentes esenciales para el equilibrio de la misma: agua, trientes del suelo, hidrocarburos, energía, biomasa, entre otros. Dicha extracción está determinada por criterios de explotación y no de aprovechamiento; está orientada a acumular capital, es decir, a satisfacer el principal objetivo del sistema capitalista. La acumulación desde el capital financiero puede leerse de mejor manera desde una nueva etapa de colonización: la colonialidad se manifiesta hoy en la dependencia del país con el exterior, en aspectos como el forestal, la construcción de las políticas y la reglamentación de las leyes. En estos ámbitos priman los intereses de las empresas extranjeras. La situación del país en este aspecto hace parte de la tendencia general de América Latina, donde varios países y bloques hegemónicos se han lanzado a la reconquista de la riqueza natural de la región, cuestión que lleva a la noción de reprimarización, por referirse precisamente a que esta riqueza natural es la fuente de materias primas para el modelo económico.

[10] El 17 de septiembre de 2014, la propuesta para reformar el Código Laboral, el posible incremento de los costos de transporte público, el acceso a la educación en universidades públicas y las políticas gubernamentales sobre industrias extractivas movilizaron en Quito unas 20.000 personas, la Policía detuvo a más de 270 manifestantes y transeúntes. La jueza a cargo del caso ordenó que 53 de los detenidos permanecieran en prisión preventiva y dispuso la liberación de los otros siete hasta el momento del juicio. Unos 47 estudiantes del Colegio Mejía detenidos el 18 de septiembre sufrieron abusos físicos durante los arrestos y en las primeras horas de su detención, ocho de los detenidos necesitaban tratamiento médico especial, incluidas radiografías, atención odontológica y cirugía, y otros siete detenidos tenían contusiones o fracturas, según el informe de la Cruz Roja. El 2 y 3 de octubre, días del juicio, seis de ellos fueron sobreseídos; 16 fueron condenados a dos meses de prisión por “daño a bien ajeno”; y, a los 38 que fueron condenados como cómplices se les aplicaron penas en suspenso bajo la condición de que cumplieran tareas o estudios obligatorios y repararan los daños que habrían causado en las protestas. [...]. El 19 de marzo de 2015, en la marcha convocada por organizaciones de estudiantes, trabajadores sindicales e indígenas y que se realizó simultáneamente en las principales ciudades del país, dejó en la ciudad de Riobamba 11 detenidos, quienes fueron liberaros el sábado 21 de marzo en el Centro de Detención Provisional de la ciudad de Riobamba, con la prohibición de salir del país y con la condición de presentarse cada viernes en la Fiscalía. La instrucción fiscal duró 30 días. [...]. Desde el 13 al 17 de agosto de 2015, durante el Paro Nacional y el Levantamiento Indígena, se registraron 229 casos de agresiones, detenciones, intentos de detención y allanamientos en todos los territorios donde se realizaron las movilizaciones y protestas. Las acusaciones principales: sabotaje y terrorismo, paralización de servicios públicos, ataque o resistencia a la fuerza pública, posesión de armas, e incitación a la discordia. Asimismo, se registran agresiones y detenciones a menores de edad, personas ancianas y mujeres embarazadas. Unos 98 policías y militares resultaron heridos. (Human Rights Watch, 2014; El Comercio, 2015; Colectivo de Investigación y Acción Psicosocial Ecuador, 2015).